Audiencia en la corte de inmigración: qué es y por qué todo extranjero citado debe presentarse sí o sí
Asistir a la primera audiencia en la corte de inmigración es un paso esencial en cualquier proceso migratorio. No comparecer puede tener graves consecuencias.
Desde la llegada de más de 180.000 solicitantes de asilo a Nueva York, muchos han buscado información sobre el proceso de inmigración en Estados Unidos. En particular, han surgido dudas sobre la primera audiencia en la corte de inmigración, una cita obligatoria para quienes enfrentan un proceso de deportación.
Sin embargo, debido a la alta demanda de asesoría legal, algunos no han logrado obtener ayuda y han optado por no asistir a su primera comparecencia. Conoce cómo funciona este proceso y qué deben tener en cuenta los inmigrantes citados.
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¿Qué sucede durante la primera comparecencia en la corte de inmigración?
Cuando una persona es puesta en proceso de deportación, recibe una Notificación de Comparecencia (NTA), identificada como Formulario I-862. Este documento indica la fecha, hora y ubicación de la audiencia ante el tribunal de inmigración.
Según Rebecca Press (Co-Fundadora y Co-Directora Ejecutiva de Co-Counsel NYC) en esta etapa el juez verifica la identidad del compareciente, la exactitud de su información personal y el idioma en el que se desarrollará el procedimiento. Además, el demandado puede indicar si cuenta con representación legal o si necesita más tiempo para contratar un abogado.
Puntos clave de la primera audiencia:
Confirmación de identidad y dirección del demandado.
Verificación del idioma para el proceso.
Información sobre representación legal.
¿Qué pasa si el migrante no asiste a la primera cita en la corte de inmigración?
No comparecer puede traer consecuencias graves. Press advirtió que si una persona falta, es probable que el juez emita una Orden In Absentia, lo que significa que se ordenará su deportación sin necesidad de su presencia.
Existen pocas excepciones para justificar la ausencia en esta audiencia. Solo circunstancias extraordinarias, como la no recepción de la notificación o estar bajo custodia, podrían ser consideradas por la corte. Sin embargo, Press enfatizó que no contar con un abogado no es una razón válida para faltar.
Dependiendo del caso, la audiencia puede llevarse a cabo por internet. La notificación indicará si la comparecencia es virtual o presencial, y es fundamental seguir las instrucciones exactas que se detallan en el documento.