Alquileres baratos en Madrid: cómo funciona el Plan Vive, cuáles son los requisitos y cómo inscribirse
El gobierno autonómico de Madrid prevé entregar 25.000 inmuebles destinados al arrendamiento hasta 2028.
Cada vez menos personas pueden acceder a una vivienda propia en España. Según el estudio sobre la evolución del precio en el mercado inmobiliario, realizado por la tasadora Euroval, las viviendas españolas se encarecerán en los próximos tres años.
De este modo, se estima que el precio de la vivienda sufrirá un aumento del 6% en promedio, entre 2023 y 2025. De este modo, se situará en los 1809 euros el metro cuadrado, frente a los 1706 euros correspondientes al 2022. En consecuencia, el metro cuadrado de la vivienda en España sufriría un aumento de 103 euros.
Con el objetivo de apalear el problema del acceso a la vivienda, la Comunidad de Madrid, ha puesto en marcha un Plan de construcción de viviendas en alquiler asequible para la población. Veamos de qué se trata.
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Alquilar: ¿cómo es el nuevo plan de acceso a la vivienda de la Comunidad de Madrid?
En concreto, la Comunidad de Madrid se propone la construcción de viviendas en alquiler asequible. Esta política se enmarca en el Decreto 84/2020, por el que se regula el "procedimiento de asignación y el uso de viviendas construidas al amparo de concesión demanial en suelos de redes supramunicipales", según se detalla en el sitio web oficial del Gobierno.
El Plan Vive Madrid está dirigido a personas en situación vulnerable. Más precisamente a jóvenes menores de 35 años, familias numerosas, mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad y mayores de 65 años. Así lo anunciaba la presidenta del Gobierno de Madrid, Isabel Díaz Ayuso durante la ceremonia de investidura, donde detalló que tendrán prioridad las mujeres embarazadas de hasta 35 años.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Plan Vive?
Las personas que quieran aplicar al Plan Vive, deberán cumplir los siguientes requisitos, según la página web de la Comunidad de Madrid:
- Carecer de una vivienda en todo el territorio nacional.
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
- Poseer un piso de ingresos mínimos de 1,5 veces IPREM (llegando al 35% renta máxima anual) y un techo de ingresos máximos correspondiente a 5,5 veces el IPREM, si se trata de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio básico (VPPB) y 7,5 veces IPREM si se trata de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio limitado (VPPL).
- Estar empadronado en el municipio al menos hace 3 años.