Préstamos a jubilados: ¿existe límite de edad para solicitar una ayuda financiera?
A la hora de otorgar un préstamo, las entidades bancarias analizan el margen de pago del solicitante y su capacidad de afrontar los plazos dispuestos. ¿Cómo es el caso de los jubilados y pensionados?
Los préstamos personales son productos otorgados por los bancos que facilitan al solicitante el pago de un bien (como un coche, vivienda o tratamiento médico) para el que no posee el dinero suficiente.
Los jubilados y pensionados pueden acceder a préstamos personales con algunas condiciones y exigencias que provean a la entidad bancaria la seguridad de que la persona podrá afrontar el pago en los plazos acordados. A continuación, veremos cuáles son.
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Ayudas a jubilados: edad máxima para pedir un préstamo personal
A la hora de conceder un préstamo, uno de los factores más analizados, después de la solvencia, es la edad de la persona solicitante.
En el caso de España, la edad máxima establecida está fijada en los 75 años y el justificativo de esta medida es que, a mayor edad, mayores riesgos de no poder cumplir con los plazos y pagos.
Sin embargo, algunas entidades comienzan a replantearse esta política y ya existen algunas que, a través de exigencias como la posesión de un seguro de vida que pueda cubrir el capital pendiente de pago en caso de fallecimiento, conceden préstamos personales a jubilados.
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¿Cuáles son los requisitos de la banca para pedir un préstamo si soy un adulto mayor?
En general, a la hora de conceder un préstamo, las entidades financieras establecen al menos dos condiciones básicas:
- Ser mayor de edad.
- Tener solvencia económica e ingresos estables: es necesario demostrar que se puede devolver el dinero prestado. Para ello, la persona que solicita el préstamo debe demostrar que tiene ingresos estables y superiores a las obligaciones adquiridas con el banco.
Aquellos jubilados o pensionados que busquen adquirir un préstamo, deberán cumplir con los siguientes requisitos generales:
- DNI o NIE en vigor.
- Fuente de ingresos comprobable.
- Seguro de vida.
- Avales: son obligatorios si el vencimiento del préstamo supera los 75 años de edad de la persona.