El nuevo subsidio de 600 euros que puedes pedir en julio: ¿cuáles son los requisitos?
Desde el SEPE han anunciado una nueva ayuda de 600 euros que podrán cobrar los desempleados. ¿Cómo acceder?
Desde el domingo 2 de julio se puede solicitar la nueva ayuda de 600 euros, más conocida como "prestación especial por desempleo de las personas trabajadores sujetas a la relación laboral especial de los artistas y de quienes realizan actividades técnicas y auxiliares".
El Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) es el encargado de repartir esta suma de dinero a quienes se encuentren en una situación legal de desempleo, posterior al 1 de julio de 2023.
Requisitos para acceder a esta ayuda del SEPE en julio
En el caso de que estés interesado en acceder a la nueva ayuda de 600 euros del SEPE debes tener en cuenta la necesidad de cumplir dos requisitos:
- Estar en situación legal de desempleo con 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística dentro de los últimos 18 meses.
- O bien 180 días cotizados en el sector artístico en los 6 años anteriores a tu situación legal de desempleo. En este caso, no deben haber sido tenidas en cuenta para obtener una prestación anterior a la nueva ayuda aparecida en este mes de julio.
Asimismo, si tienes una prestación contributiva interrumpida y quieres optar por esta prestación especial, podrás hacerlo, renunciando a la prestación ordinaria. "Recuerda que previamente tienes que inscribirte como demandante de empleo en el servicio de empleo de tu comunidad autónoma", informa el organismo estatal a través de su página web.
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Duración y cuantía de esta ayuda del SEPE
La duración de la nueva ayuda será de cuatro meses y su cuantía del 80% del IPREM. Sin embargo, también existe una excepción.
- Si la media diaria de tu base de cotización de los últimos 60 días superó los 60 euros por día, la cuantía será el 100% del IPREM mensual (600,00 euros al mes).
Con qué no es compatible esta ayuda
Es importante tener en cuenta que esta prestación especial del SEPE no es compatible con el trabajo autónomo, incluso si no implica estar afiliado a ningún régimen de la Seguridad Social.
Tampoco será compatible con el trabajo asalariado, ni con ninguna otra prestación, como ingresos de inclusión, renta mínima, salario social u otras ayudas similares otorgadas por cualquier entidad gubernamental. Sin embargo, la prestación de 600 euros será compatible con los ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual y derechos de imagen.