Aumento del salario mínimo en Edomex: así quedará el monto por oficio a partir del 1 de enero
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) publicó la tabla de salarios mínimos generales y profesionales por áreas geográficas a partir del próximo año.
El Gobierno Federal anunció un incremento del 12% en el salario mínimo de los trabajadores formales del Estado de México, el cual entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
Esta medida también impactará en profesionales, artesanos y especialistas en diversas áreas laborales de la región, quienes verán un ajuste en sus remuneraciones.
En específico, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) informó que, a partir del próximo año, el salario mínimo general a nivel nacional pasará de 248.93 pesos diarios a 278.80 pesos diarios.
Salario mínimo por oficios en el Edomex a partir de 2025
Tras el anuncio del incremento del 12% en el salario mínimo, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) publicó la nueva lista de salarios mínimos para 61 profesiones, oficios y trabajos especializados.
Estos salarios estarán vigentes en el Estado de México a partir del 1 de enero de 2025.
Así quedarán los salarios mínimos para los siguientes trabajadores:
- Albañilería: 321.63 pesos diarios
- Dependientes de boticas, farmacias o droguería: 284.30 pesos diarios
- Operador de buldózer o traxcavo: 336.94 pesos diarios
- Cajera o cajero: 289.24 pesos diarios
- Cantineras y cantineros: 295.15 pesos diarios
- Carpintero de obra negra: 321.63 pesos diarios
- Carpintero en fabricación o reparación de muebles: 316.33 pesos diarios
- Cocinero en restaurantes o fondas: 325.71 pesos diarios
- Fabricación o reparación de colchones: 298.08 pesos diarios
- Colocador de mosaicos y azulejos: 315.21 pesos diarios
- Yesero en construcciones: 300.18 pesos diarios
- Cortadora o cortador en fábricas de calzado: 292.31 pesos diarios
- Costurera o costurero en talleres o fábricas de confección de ropa: 288.83 pesos diarios
- Costurera o costurero en trabajo a domicilio: 296.41 pesos diarios
- Acomodador de automóviles en estacionamientos: 302.14 pesos diarios
- Chofer de camión de carga: 328.23 pesos diarios
- Chofer de camioneta de carga: 318.93 pesos diarios
- Operador de grúa: 306.79 pesos diarios
- Operador de draga: 340.04 pesos diarios
- Ebanista en fabricación de muebles: 320.89 pesos diarios
- Electricista instalador de instalaciones eléctricas: 315.21 pesos diarios
- Electricista en la reparación de automóviles y camiones: 318.26 pesos diarios
- Empleadas o empleados de anaquel en tienda de autoservicio: 283.47 pesos diarios
- Encargada o encargado de almacén: 293.59 pesos diarios
- Dependiente de ferreterías y tlapalerías: 299.45 pesos diarios
- Fogonero de calderas de vapor: 309.04 pesos diarios
- Empleados de gasolineras: 288.83 pesos diarios
- Herreros: 311.14 pesos diarios
- Hojalatero de automóviles y camiones: 316.33 pesos diarios
- Jornalera o jornalero agrícola o trabajador del campo: 315.19 pesos diarios
- Lubricador de automóviles, camiones y otros vehículos: 291.00 pesos diarios
- Operador de maquinaria agrícola: 323.22 pesos diarios
- Mecánico en reparación de automóviles y camiones: 332.17 pesos diarios
- Montador en fábricas de calzado: 292.31 pesos diarios
- Peluqueras y peluqueros: 302.14 pesos diarios
- Pintor de automóviles y camiones: 311.14 pesos diarios
- Pintor de casas, edificios y construcciones: 309.04 pesos diarios
- Planchadora o planchador en tintorerías o lavandería: 289.24 pesos diarios
- Plomero: 309.59 pesos diarios
- Reparador de aparatos eléctricos y electrónicos: 320.89 pesos diarios
- Recamarera o recamarero en hoteles y moteles: 283.47 pesos diarios
- Dependiente de refaccionarias automotrices: 293.59 pesos diarios
- Reparador de aparatos eléctricos para el hogar: 305.63 pesos diarios
- Reportera o reportero en prensa impresa: 624.30 pesos diarios
- Reportera o reportero gráfico en prensa impresa: 624.30 pesos diarios
- Repostera o repostero: 321.63 pesos diarios
- Sastrería a domicilio: 323.22 pesos diarios
- Secretarias o secretarios: 331.50 pesos diarios
- Soldador con soplete o con arco eléctrico: 318.26 pesos diarios
- Tablajero o carnicero: 302.14 pesos diarios
Para más información ingresa en Tabla de Salarios Mínimos Generales y Profesionales por Áreas Geográficas | Comisión Nacional de los Salarios Mínimos | Gobierno | gob.mx
De cuándo será el nuevo salario mínimo en México
En 2025, el salario mínimo nacional aumentará de 248,93 pesos diarios a 278,80 pesos diarios, con excepción de los trabajadores en la Zona Libre de la Frontera Norte.
En esta zona, el salario mínimo pasará de 374,89 pesos diarios a 419,88 pesos diarios.
Esta medida, implementada por el gobierno desde 2019, tiene como objetivo fomentar el desarrollo económico de la región, mejorando su competitividad, considerando los salarios que las empresas estadounidenses ofrecen.
Los municipios incluidos en la Zona Libre de la Frontera Norte son:
- Baja California: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate, Tijuana, San Quintín y San Felipe.
- Sonora: San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta.
- Chihuahua: Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides.
- Coahuila: Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo.
- Nuevo León: Anáhuac.
- Tamaulipas: Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros.