La Seguridad Social regala 1000 euros a los padres con hijos nacidos después de 2007: deben cumplir con este requisito
Una ayuda económica para aliviar los gastos familiares.
La Seguridad Social ofrece una prestación de 1000 euros destinada a familias con hijos nacidos o adoptados a partir del 16 de noviembre de 2007. Esta medida busca apoyar económicamente a hogares que cumplen ciertos requisitos específicos.
Requisitos para acceder a la ayuda
Para ser beneficiario de esta prestación, es necesario que el hijo haya nacido o sido adoptado en España después de la fecha mencionada. Además, la ayuda está dirigida a:
- Familias numerosas o aquellas que adquieren dicha condición tras el nacimiento o adopción.
- Familias monoparentales.
- Progenitores con una discapacidad igual o superior al 65%.
Es fundamental que el nacimiento o adopción haya sido reconocido en territorio español. Sin embargo, en casos de acogimiento familiar, no se podrá acceder a esta prestación.
Límites de ingresos para recibir la prestación
Además de los requisitos anteriores, los solicitantes deben cumplir con ciertos límites de ingresos anuales establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Si los progenitores conviven y sus ingresos combinados superan el límite, ninguno de ellos podrá recibir la ayuda. Los límites de ingresos varían según el número de hijos a cargo:
- 1 hijo: 14.011,00 euros al año.
- 2 hijos: 16.112,65 euros al año.
- 3 hijos: 18.214,30 euros al año.
- 4 hijos: 20.315,95 euros al año.
- 5 hijos: 22.417,60 euros al año.
- 6 hijos: 24.519,25 euros al año.
- 7 hijos: 26.620,90 euros al año.
- 8 hijos: 28.722,55 euros al año.
En el caso de familias numerosas con título oficial, los límites de ingresos son más elevados.
Compatibilidades e incompatibilidades de la ayuda
Esta prestación es compatible con otras ayudas, como la prestación por parto o adopción múltiple, pensiones de orfandad, asignaciones por hijo a cargo y ayudas de administraciones locales o autonómicas. Sin embargo, es incompatible si ambos progenitores tienen derecho a la prestación; en ese caso, solo uno de ellos podrá recibirla. Tampoco es compatible con prestaciones similares de otros regímenes públicos como MUFACE, ISFAS o MUGEJU.
Procedimiento para solicitar la ayuda
Para solicitar esta ayuda, es necesario presentar el formulario de solicitud correspondiente y la documentación que acredite la identidad y las circunstancias que dan derecho a la prestación. La solicitud puede realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando certificado digital o cl@ve permanente. También es posible presentarla de manera presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), solicitando cita previa.
Es importante tener en cuenta que el derecho a solicitar esta prestación prescribe a los cinco años desde el día siguiente al nacimiento o adopción del menor. Por ello, se recomienda a las familias que cumplan con los requisitos que realicen la solicitud a la mayor brevedad posible para beneficiarse de esta ayuda económica.