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Fin del misterio: estos son los apellidos con los que podrías tener privilegios para tramitar la ciudadanía española

Descubre si el tuyo está entre la lista y cuáles son los diferentes tipos de nacionalidades españolas que existen.

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Obtener la ciudadanía española es un deseo compartido por miles de personas, pues este documento no sólo habilita la permanencia legal en España, sino también involucrarse en la vida política de este país y acceder a una larga lista de derechos.

De esta manera, si bien para la realización del trámite es necesario cumplir con una serie de requisitos, presentarse a entrevistas y entregar la documentación solicitada, existen ciertos apellidos que podrían tener privilegios para la obtención de la ciudadanía. Aquí te contamos de qué se trata.

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Cuáles son los apellidos que podrían tener privilegios para obtener la ciudadanía

Es importante mencionar que estos apellidos no son en lo absoluto una garantía de la concreción del trámite. Sin embargo, sí pueden facilitar el proceso si cumples con todos los requisitos solicitados

En ciertos casos, contar con un apellido de origen español puede facilitar el proceso. Fuente: archivo.

A

 Abraham, Acevedo, Acosta, Aguado, Aguiar, Aguilar, Alarcón, Alba, Aldana, Alcalá, Alegre, Alfonso, Alfaro, Almeida, Alonso, Álvarez, Amigo, Amado, Amaya, Aranda.

B

Baltasar, Báez, Barral, Barrios, Beato, Benavente, Benítez, Bernal, Bravo, Bueno, Bermejo.

C

Cabrera, Calvo, Camacho, Campo, Cantos, Carrasco, Carrillo, Carvajal, Castellanos.

D y E

Delgado, Diego, Díez, Díaz, Duque, Domínguez, Durán, Dorado, Duarte, Enrique, Enríquez, Espejo, Esperanza, Espinosa, Escudero, Esteban.

F, G y H

Fajardo, Fernández, Ferrer, Ferrero, Figueroa, Flores, Fuentes, Fuertes, Gálvez, García, Gato, Garzón, Gil, Gimeno, Giménez, Gómez, Granado, González, Gutiérrez, Haro, Henríquez, Hernández, Heredia, Holgado, Herrera, Huerta, Hurtado.

I, J y L

Ibáñez, Israel, Izquierdo, Jaén, Jiménez, Jimeno, Jorge, Juárez, Julián, Lázaro, Leal, Lara, Larios, Leiva, León, Lima, Linares, Lobato, Lobo, López, Lorca, Lorenzo.

M, N y O

Madrid, Madrigal, Macías, Machado, Manuel, Márquez, Marchena, Marcos, Martínez, Marín, Nájera, Navarro, Navas, Nieto, Núñez, Ocampo, Ochoa, Olivos, Olmos, Oliva, Ordóñez, Olivares, Orellana, Ortega, Ortiz.

P, Q, R y S

Pacheco, Padilla, Palma, Palomino, Pardo, Paredes, Pareja, Parra, Paz, Pascual, Pedraza, Peña, Pérez, Quirós, Quemada, Ramírez, Ramos, Real, Rey, Reina, Ribera, Ricardo, Rivero, Robles, Roca, Rivas, Rodríguez, Ruiz, Salgado, Salinas, Salas, Salazar, Salcedo, Salvador, Sánchez, Sancho, Serra, Serrano, Sierra, Silva.

T, U, V y Z

Talavera, Toledo, Torre, Torres, Trigo, Úbeda, Uría, Urrutia, Valero, Valle, Vara, Varela, Vargas, Vázquez, Vega, Velázquez, Vera, Vergara, Villanueva, Vidal, Zalazar, Zaragoza, Zúñiga 

El 9 de julio de 2024 se amplió un año más el plazo de optar por la nacionalidad española de la ley de memoria democrática. Fuente: archivo.

¿Qué tipos de nacionalidades españolas existen?

De acuerdo con la información oficial publicada en la página del Consulado General de España en CDMX, además de la nacionalidad de origen que se otorga inmediatamente a cada persona nacida en España, existen tres tipos de nacionalidades derivativas que pueden solicitarse según la situación de cada persona

  • Nacionalidad por opción
  • Nacionalidad por residencia
  • Nacionalidad por carta de naturaleza

Así, si bien los documentos solicitados varían en función del tipo de nacionalidad que corresponda tramitar, en general los siguientes serán infaltables independientemente del proceso

  • Pasaporte
  • Número de Identidad de Extranjero (INE)
  • Permiso de residencia
  • Certificado de antecedentes penales
  • Certificado de nacimiento
Existen tres tipos de nacionalidades derivativas. Fuente: archivo.

¿Qué es la Ley de Nietos y quiénes pueden aplicar?

Se trata de un proceso de solicitud de nacionalidad española que puede realizarse bajo la Ley de Memoria Democrática mediante el Consulado que corresponda en función del lugar de residencia de una persona

Esta normativa está pensada para quienes tengan descendencia directa (padres, abuelos y en algunos casos bisabuelos), para los hijos de aquellas mujeres que perdieron su nacionalidad producto del matrimonio y para los hijos de los españoles que tramitaron su nacionalidad española.

Así, si bien los requisitos pueden variar en función de cada caso particular, en general lo solicitado es

  • Partida de nacimiento para los progenitores
  • Partida de nacimiento del aplicante
  • Acta de opción por este tipo de nacionalidad
  • Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del progenitor que no cuenta con la ciudadanía española
  • Pasaporte español o acta de defunción del antepasado español
  • Documento de identificación (tanto del español como del aplicante)
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