Pensión por viudedad: ¿cómo tramitarla y cuánto me corresponde cobrar?
Las personas que cumplan con los siguientes requisitos exigidos por la Seguridad Social podrán tramitar y cobrar la pensión por viudez.
Las pensiones buscan proteger a los sectores más vulnerables y para ello el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) tiene prestaciones económicas. Entre ellas, la pensión de viudedad la cuál pueden solicitar las personas que han sufrido la pérdida de su pareja.
Sin embargo, para obtener esta ayuda hay que cumplir una serie de requisitos que la Seguridad Social explica en su página web. Entre ellos se especifica el tipo de vínculo que se debe haber tenido con la persona fallecida.
¿Quiénes pueden acceder a esta pensión?
- Cónyuge.
- Separados y divorciados.
- Personas cuyo matrimonio fue declarado nulo.
- Pareja de hecho comprobable al momento del fallecimiento.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión por viudedad?
Dentro de los requisitos que exige el INSS el solicitante no debe haber contraído matrimonio nuevamente y debe acreditar un periodo de contratación.
Este variará de acuerdo a la situación laboral del fallecido y el causante de la muerte, ya que no se exige un mínimo de cotización de producirse como consecuencia de accidente o enfermedad profesional.
- Si el beneficiario se encuentra en alta o asimilación de alta debe acreditar 500 días dentro de un período ininterrumpido de los 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
- Si el beneficiario se encuentra en situación de no alta debe acreditar 15 años trabajados.
- En el caso de los pensionistas no se exige un período de cotización mínimo.
¿Cuánto corresponde cobrar por la pensión de viudedad en agosto?
La pensión de viudedad más alta vigente es de 2707,49 euros mensuales, sin embargo, no todos acceden a esta. El sistema de la Seguridad Social establece las cuantías de acuerdo a otros factores determinantes:
- Persona con cargas familiares cobrarán 834,90 euros lo que se traducen en 11.668,60 euros anuales.
- Persona con discapacidad de mínimo un 65% cobraran 721,70 euros lo que se traduce en 10.103,80 euros al año.
- Para las persona de menos de 60 años la cuantía será de 546,80 euros y unos 7655,20 euros anuales.
- Personas de entre 60 y 64 años cobran 675,20 euros que equivalen a 9452,80 euros al año.
- Las personas mayores de 65 años cobran 721,70 euros mensuales y un total de 10.103,80 euros por año.