Cambian las jubilaciones: asegura el 100% de la pensión si se demora 5 años
Entre las modificaciones, aparece un nuevo marco de regulación que permite la compatibilidad entre cobrar la pensión y estar trabajando.
El acuerdo entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal para la reforma de las jubilaciones incluye algunos cambios importantes que deberán tener en cuenta las personas que estén próximas a retirarse.
Entre estas modificaciones, aparece un nuevo marco de regulación que permite la compatibilidad entre cobrar la pensión y estar trabajando.
Es importante considerar que, para recibir el 100% de la pensión, habrá que acreditar que se ha estado 5 años en activo desde el momento en que se haya cumplido la edad ordinaria de jubilación.
Cambios en las jubilaciones: qué dice el nuevo pacto
Según el pacto que ha anunciado el Gobierno y que compete al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de Elma Saiz, el porcentaje de la pensión que se va a poder recibir mientras se trabaja es:
- Con un año de demora, el 45% de la pensión.
- Con dos años de demora, el 55%.
- Con tres años de demora, el 65%.
- Con cuatro años de demora, el 80%.
- Con cinco años de demora, el 100%.
Este nuevo listado ha sido aprobado y cuenta con el visto bueno de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme), Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión General de Trabajadores (UGT).
Cambios en la edad de jubilación
El gobierno español ha anunciado una transformación significativa que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025. Este cambio no solo afectará a los trabajadores por cuenta propia y ajena, sino que también redefinirá los criterios para obtener una pensión completa.
Así, entre otros puntos, la edad de jubilación para aquellos que deseen retirarse con una pensión completa será de 66 años y 8 meses si no se han alcanzado los años necesarios de cotización.
Actualmente, los trabajadores pueden jubilarse a los 65 años si han cotizado un mínimo de 38 años, pero con esta nueva normativa, aquellos que deseen jubilarse a los 65 años deberán haber cotizado al menos 38 años y 3 meses.