Alerta jubilados: cómo retirarse a los 60 años y cobrar el 100% de la pensión
Estos son los requisitos para que los trabajadores del Régimen de las Clases Pasivas puedan jubilarse a los 60 años. ¿Qué deben hacer?
Retirarse a los 60 años no es un sueño imposible, pero tampoco es una opción viable para todos los trabajadores. En España, la edad jubilatoria está fijada en los 66 años y 6 meses para quienes suman menos de 38 años cotizados; y en 65 para quienes han trabajado más de ese periodo.
La Seguridad Social permite adelantar la edad de jubilación en dos años, situándola en 64 años y 6 meses, aunque esto implica una reducción en la pensión. También se puede acceder a la jubilación anticipada a los 62 años cuando ésta es involuntaria.
A partir de ahí, solo algunos trabajadores pueden jubilarse a los 60 años o antes y solo unos pocos lo harán con el 100% de la pensión.
Qué trabajadores pueden jubilarse a los 60 años con el 100% de la pensión
Existen tres grupos de trabajadores que pueden adelantar hasta los 60 años la edad de retiro y cobrar el 100% de la pensión. Estos son los individuos que pertenecen al Régimen de Clases Pasivas del Estado, es decir, funcionarios de carrera, militares de carretera y expresidentes, exvicepresidentes y exministros de Gobierno.
- Estos trabajadores podrán jubilarse a los 60 años siempre que acrediten por lo menos 30 años de servicio al Estado o 30 años de cotización con los 5 últimos dentro de las Clases Pasivas.
No obstante, para cobrar el 100% de la pensión a los 60 años, se requiere haber sumado 35 años cotizados. En caso contrario, se aplicarán una serie de coeficientes reductores, tal como ocurre con la jubilación anticipada del resto de trabajadores.
Los españoles que se jubilen a los 60 años con solo 30 años cotizados cobrarán apenas un 85,38% de su haber regulador. Este porcentaje va subiendo hasta alcanzar el 100% con 35 años cotizados. Por esta razón, muchos prefieren esperar a jubilarse a los 60 años con 35 años cotizados e incluso 40 años cotizados.
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En segundo lugar, están las personas que eran mutualistas antes de 1967. Estas personas pueden acceder a la jubilación con un mínimo de 15 años cotizados, el periodo necesario para cobrar la pensión mínima.
Por último, se encuentran ciertos grupos de profesionales. La Seguridad Social permite que estas personas se jubilen anticipadamente a los 60 años, e incluso a los 52 años, si realizan trabajos excepcionalmente penosos, peligrosos, tóxicos o insalubres, que presenten elevados índices de morbilidad o mortalidad.
Dentro de este grupo figuran profesiones como la minería, los trabajadores del mar, policías locales, bomberos, artistas o profesionales taurinos.
Además, las personas con una minusvalía superior al 65% o entre el 45% y el 65% por determinadas enfermedades también pueden jubilarse a partir de los 60 años e incluso antes.