Cambia la licencia de conducir en CABA: el Gobierno modificó estos requisitos
Los conductores tendrán que cumplir con nuevos parámetros para obtener el registro obligatorio. ¿Cuáles son y a quiénes afectará la medida?
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) modificó los requisitos para obtener desde junio la licencia de conducir de motos.
"Se implementó una nueva forma de evaluar a los conductores de motos para asegurar que quienes obtienen el registro estén mejor preparados para conducir por las calles de la Ciudad", detalló el secretario de Gobierno porteño, César Torres.
Así desde el sexto mes, el conductor que apruebe la evaluación psicofísica y el examen teórico deberá superar el práctico a realizarse en la sede Roca, donde se tomará nota sobre las capacidades, destrezas y maniobrabilidad del vehículo.
"Entendemos la necesidad de continuar asegurando que el vecino tenga un control-dominio probado de su moto y que su conducción sea de forma segura", indicó el funcionario.
¿Cuáles son los nuevos requisitos para obtener la licencia de conducir de motos?
El Gobierno porteño enumeró las modificaciones que se introdujeron desde junio para tramitar la licencia de conducir de motos:
- Indumentaria adecuada: para rendir el examen, será obligatorio tener el casco reglamentario (no debe estar dañado y tiene que ser acorde a la talla del conductor), pantalón largo, mangas largas y calzado cerrado (sin tacos ni plataformas);
- Inclusión de pruebas nuevas: se incorporó la inspección preventiva, la prueba del 8 para evaluar el dominio a baja velocidad y el desplazamiento con motor apagado;
- Modificación en la evaluación de la técnica de frenado: en el nuevo examen, se separará la evaluación de la técnica de frenado del slalom, "permitiendo una evaluación más precisa y detallada";
- Cambio en el parámetro de medición del zig-zag: en el examen antiguo, la medición del zig-zag se realizaba en función de la velocidad, mientras que en el nuevo protocolo se cambiará en función del tiempo, desestimando el uso del cronómetro,
- Reducción de la distancia en la prueba del zig-zag: se redujo la distancia en la prueba del zig-zag de 7 metros a 5,30 metros, lo que permitirá una mayor precisión en la evaluación del desplazamiento de izquierda a derecha y la posición e inclinación correcta de la moto.
Los conductores además deberán aprobar un examen psicofísico, el cual consistirá en un test psicológico, una evaluación visual, evaluación fonoaudiológica y evaluación médica (se verificará que el titular del trámite se encuentra apto para conducir).
Por otro lado, tendrán que realizar un examen teórico, el cual constará de 40 preguntas multiple choice en un plazo máximo de 45 minutos. Será necesario responder 32 de ellas de forma correcta.
¿Cuáles son los requisitos para circular?
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dio a conocer cuáles serán los documentos que se le solicitarán a los conductores:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Licencia Nacional de Conducir
- Cédula verde (o Cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la Cédula verde)
- Comprobante de seguro vigente
- Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV)
- Chapas patentes colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado
- Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares
No obstante, tras la medida adoptada por el Gobierno nacional y publicada en el Boletín Oficial (Disposición 29/2024), ya no será obligatorio circular con cédula azul. "Continuarán vigentes hasta tanto sean revocadas por quien las peticionó", precisaron.
Por su parte, las cédulas verdes, emitidas con anterioridad a la nueva resolución y que en su formato físico contuvieren una fecha de vencimiento, no tendrán fecha de caducidad.
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