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SEPE: los 3 subsidios que puedes pedir en abril para no perder contra la inflación

Las personas que hayan quedado sin empleo o se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica, pueden solicitar estos subsidios del SEPE. ¿Cuáles son?

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Las personas que están desempleadas y cumplen ciertos requisitos, pueden acceder a diversas ayudas proporcionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que les permiten recibir hasta un máximo de 500 euros al mes.

Concretamente, se trata de la ayuda del subsidio por desempleo por cargas familiares, el subsidio para mayores de 45 años y el subsidio para mayores de 52 años.

Las personas que hayan quedado sin empleo o se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica, pueden solicitar estos subsidios del SEPE. (Imagen: archivo)

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Subsidio por desempleo por cargas familiares

Para acceder a esta ayuda, hay que haber agotado, en primer lugar, la prestación contributiva por desempleo, además de tener cargas familiares. Detallamos los requisitos, a continuación:

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación.
  • La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener responsabilidades familiares.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

La duración será de seis meses prorrogables por períodos semestrales, según la duración de la prestación por desempleo que hayas agotado y de tu edad, siempre que lo solicites en plazo y mantengas los requisitos.

Subsidio para mayores de 45 años

En tanto, quienes tengan 45 años y no posean cargas familiares, después de haber agotado la prestación contributiva, podrán acceder a la ayuda para mayores de 45 años, cuando cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación.
  • La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
  • Suscribir el acuerdo de actividad.
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

SEPE: los 3 subsidios que puedes pedir en abril para no perder contra la inflación. (Imagen: archivo)

Esta ayuda dura seis meses, aunque, en el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud cuando la fecha del hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.

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Subsidio para mayores de 52 años

"Si tienes 52 años o más y has agotado la prestación o subsidio por desempleo, conozca cuáles son los requisitos que debes cumplir y la información necesaria para solicitar un subsidio por desempleo de mayor de 52 años", señalan desde el SEPE. 

  • Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo.
  • Se tendrán en cuenta las rentas de la propia persona solicitante o beneficiaria y no las de su unidad familiar.
  • Si se continúan cumpliendo los requisitos exigidos, se percibirá hasta la fecha en la que se cumpla la edad de jubilación ordinaria y no solo hasta la fecha del cumplimiento de la edad para jubilarse anticipadamente.
  • Su cuantía será igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), aunque se esté desempleado o desempleada por haber perdido un contrato a tiempo parcial.
  • Se elimina el descuento a los que se encuentren percibiendo el subsidio.
  • Se mantienen el resto de requisitos establecidos en la Ley para poder cobrar el subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años, y por tanto, será necesario haber cotizado por desempleo, al menos, durante seis años.
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