Si los inquilinos provocan daños en tu piso, ¿lo cubre el seguro o el propietario?
Si cuentas con una propiedad en alquiler debes conocer y tener esta póliza para dormir más tranquilo.
Los propietarios muchas veces evitan alquilar sus viviendas por no querer lidiar con los inquilinos y si bien una inmobiliaria soluciona esto, existe un miedo latente a que estas sufran daños no ordinarios (es decir, daños que excedan el uso natural).
Para no mantenerla vacía y como perdida, existe una solución que algunos desconocen y puede resolver este problema de antemano. Desde Fotocasa explican qué hacer en caso de que el inquilino deje daños en la propiedad, y a su vez, evitar posibles impagos.
Tradicionalmente se solicita una fianza al comienzo del alquiler y se analiza la situación financiera del potencial inquilino, pero esto es insuficiente ante el contexto que atraviesa hoy en día el país.
Ampliar las garantías al alquilar un piso es posible a través de la contratación de un seguro de impago de alquiler y un contrato de renta que aclare el estado de la vivienda al momento de inicio del arrendamiento.
¿Qué es el seguro de impagos para alquileres?
Idealista, un portal especializado en el sector inmobiliario, explicó que el seguro de impago de alquiler ofrece a los propietarios de viviendas una protección en caso de que los inquilinos no paguen la renta.
La prestación de cada seguro dependerá de la compañía contratada, pero entre los servicios más destacados se encuentra la cobertura de gastos legales asociados a la recuperación de la propiedad y el desalojo de la persona morosa.
Además, estas pólizas cuentan un factor sumamente atractivo para los propietarios, suelen compensar cualquier daño o defecto que haya sufrido el departamento a causa de los inquilinos. Siempre y cuando estos califiquen como "actos vandálicos".
¿Qué necesito para contratar esta póliza?
- Las dos últimas nóminas.
- El contrato laboral.
- DNI.
- Documento de solicitud firmado por los inquilinos (documento de Ley de Protección de Datos).
- En caso de ser pensionista, el certificado emitido por la Seguridad Social.
- En caso de autónomos, el último Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y los últimos dos comprobantes de pago a la Seguridad Social.
¿Qué hacer si el inquilino provoca daños en el piso y tengo un seguro de impagos vigente?
- Acudir al acto de entrega de llaves con uno o dos testigos, como el portero o un vecino.
- Tomar fotografías del estado del piso.
- Valorar los daños mediante un peritaje (algunos seguros permiten que sea virtual).
- Si se poseen los medios, llamar a un notario para que acuda en el momento de la entrega de llaves y conste legalmente el estado de la casa.
- Dar parte al seguro con toda esta información y serán ellos los encargados de valorar los daños y proceder a la reparación.