Si no hay testamento, ¿puede reclamar la herencia un hijo concebido fuera del matrimonio?
El reparto de una herencia que incluye un hijo concebido fuera del matrimonio presenta ciertas particularidades pero esto es lo que le corresponde por Ley.
Las herencias siempre tienen un nivel de complejidad alto, incluso en los casos donde el testamento es claro o en que la línea sucesoria no puede ser más específica. En las familias más organizadas también la discordia asoma y despiertan sentimientos encontrados.
Al recibir o reclamar una herencia se deben realizar trámites y pagos, gestiones que pueden llegar a extenderse durante un tiempo estresante para muchos incluso en los casos donde hay testamento. Si la dificultad en sí es alta, aumenta si surgen herederos no reconocidos por el fallecido.
Los hijos nacidos de una relación extramatrimonial también están protegidos por la ley según la legislación española actual, no se hacen distinciones en los derechos hereditarios entre hijos legítimos, ilegítimos o extramatrimoniales. Por tanto, a la hora de redactar el testamento se deben respetar las condiciones establecidas en el Código Civil.
En cuanto a la sucesión intestada (cuando el causante fallece sin testamento), es el notario quién declarará por partes iguales a todos los hijos, incluso a los extramatrimoniales, en el momento de instar el Acta de Declaración de Herederos donde el orden sucesorio es el fundamental.
¿Puede reclama r la herencia un hijo fuera del matrimonio no reconocido?
Existen casos en que los hijos nacidos fuera del matrimonio no son reconocidos oficialmente o incluso desconocen la identidad del padre biológico. El enfoque legal sería otro pero le corresponden los mismos derechos que a los hijos reconocidos.
Cuando el padre reconoce a un hijo nacido fuera de su matrimonio o relación de pareja en su testamento, los problemas están solucionados. De este modo, se consideraría reconocido y el hijo recibiría el mismo trato a la hora de repartir la herencia.
En los casos en que el padre fallece sin haber reconocido al hijo ni incluirlo en el testamento, el hijo tiene la posibilidad de iniciar un proceso judicial conocido como procedimiento de filiación o de paternidad.
Un proceso largo, pero que se recomienda, en que la autoridad judicial determinará oficialmente la relación de parentesco entre el hijo y el fallecido a través de documentos que lo comprueben o incluso una prueba de ADN. A partir de dictaminada la sentencia, cobraría como otro hijo.