Renta 2024: cuáles son los documentos que debes guardar sí o sí para la presentación de este año
Los contribuyentes deberán guardar los documentos durante un mínimo de tiempo tras su declaración para ahorrarse problemas futuros en caso de una revisión.
Los calendarios españoles con sus festivos son un alivio para los estudiantes y para los trabajadores, sin embargo, existe una fecha que los contribuyentes marcan con especial ímpetu: el 3 de abril.
Ese día la Agencia Tributaria abre el plazo para presentar la declaración de la Renta correspondiente a este año y resalta más fechas como el 7 de mayo donde comienza el plazo para realizar este trámite vía telefónica.
Mientras que para quienes requieran de un trato más personalizado, el 25 de mayo inició el periodo para solicitar cita previa, y así poder realizar la declaración de manera presencial, a partir del 3 de junio.
El plazo para presentar la Renta 2024 finaliza el 1 de julio y durante ese periodo (más extenso que el del año anterior), rendir cuentas es innegociable a menos que se desee a Hacienda en la puerta.
Pero algunos olvidan que es necesario guardar los documentos y justificantes de los movimientos económicos del pasado año fiscal durante un periodo de tiempo mínimo extra, por si el fisco somete a una inspección.
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¿Cuánto tiempo es el prudente para guardar la declaración de la Renta?
Los contribuyentes deberán mantener sus documentos de la Renta 2023 y justificantes de operaciones financieras hasta el 1 de julio de 2028 para cumplir con los requisitos de una inspección fiscal en caso de darse esta.
La legislación vigente dictamina que este tipo de archivos y documentos deben conservarse por un plazo de cuatro años en base al artículo 66 de la Ley General Tributaria.
El periodo estipulado empieza a contar desde el día después en que finaliza el plazo reglamentario para la presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), habitualmente, el 30 de junio del año siguiente pero en esta ocasión será el 1 de julio.
Esta medida protege a los contribuyentes en caso de que Hacienda tenga discrepancias o detecte irregularidades y aunque el plazo general es de cuatro años, es crucial estar atentos a cualquier comunicación de la Agencia Tributaria que pudiera afectar este periodo.
Existen casos donde este período se extiende y deben conservarse por más tiempo, independientemente de su relevancia para la revisión fiscal. Eso ocurre con la documentación relacionada con la compra de propiedades inmobiliarias, incluidas escrituras, facturas e impuestos correspondientes, o la amortización de mobiliario para propiedades en alquiler.
¿Cuáles son los documentos que se deberían guardar por si Hacienda los necesita?
- Los certificados del banco y que contienen información fiscal.
- Las aportaciones a los planes de pensiones.
- Rendimientos de inversiones.
- El certificado de retenciones del IRPF que proporciona la empresa.
- Los comprobantes relacionados con donativos a organizaciones.
- Recibos de colegiaturas y cuotas de colegios profesionales.