Telecomunicación y medios: los cambios "inéditos" y limitaciones del DNU de Milei
El decreto abre el juego a nuevos operadores, entre los que Milei nombró a Starlink, de Elon Musk. El artículo que desregula el papel. Los cambios "inéditos"
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), con 300 derogaciones y modificaciones legislativas, que se publicó en el Boletín Oficial, contiene una serie de artículos con efecto en los servicios de telecomunicación y medios.
Con el justificativo de garantizar los "principios de diversidad, pluralidad y respeto", el mandatario decidió modificar la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, incluso en apartados que habían sido alterados de forma unilateral por el expresidente, Mauricio Macri.
Así, con la sustitución del Artículo 45 de la Ley Nº 26.522, se eliminaron las limitaciones que había para el orden nacional, que establecían que solo se podía contar con una licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital y hasta 15 cuando se tratará de radiodifusión de televisión abierta o sonora.
Lo que sí eligió mantener fueron las de orden local con una licencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud (AM), otra por modulación de frecuencia (FM), hasta dos cuando existan más de ocho en el área primaria de servicio y una de radiodifusión televisiva abierta. Aunque con la condición de que la suma en la misma área primaria de servicio o en el conjunto de modo mayoritario no excedan a cuatro.
"Suprime de la ley audiovisual (modificada por el DNU 276/15 de Macri) todo límite a la multiplicidad de licencias en el orden nacional y solo conserva límites a niveles locales. Esto es inédito en comparación con la regulación vigente en Estados Unidos, Europa y en la historia argentina", alertó el investigador del Conicet especializado en medios de comunicación e industrias culturales, Martín Becerra.
A su vez, de la misma ley se decidió anular el Artículo Nº 46 que fijaba que las licencias de servicios de radiodifusión directa por satélite y móvil tenía como condición para su otorgamiento y continuidad de su vigencia no ser acumuladas con otras de servicios propios de distinta clase o naturaleza.
El amigo Elon Musk
Como novedad, a partir de los cambios del capítulo "Argentina Digital" sobre la Ley N° 27.078, se incorporarán a las señales emitidas mediante el espectro satelital o por cualquier vínculo a las ya vigentes por físico. Con ello, se permitiría a las operadoras de telecomunicaciones dar servicios de televisión de forma directa en los hogares.
Esto permitirá la "desregulación de los servicios de Internet satelital para permitir el ingreso de empresas como Starlink", dijo Milei en el anuncio de 30 de los más de 300 puntos que incluye el megadecreto desregulador.
Como novedad, a partir de los cambios del capítulo "Argentina Digital" sobre la Ley N° 27.078, se incorporarán a las señales emitidas mediante el espectro satelital o por cualquier vínculo a las ya vigentes por físico. Con ello, se permitiría a las operadoras de telecomunicaciones (como Claro, Movistar y Personal) dar servicios de televisión de forma directa en los hogares.
"Eran servicios que las compañas ya prestaban en países vecinos. En Argentina estaban vedados por la Ley Audiovisual, de Telecomunicaciones y por decretos modificatorios de la gestión de Cambiemos", sostuvo Becerra.
"Esto es inédito en comparación con la regulación vigente en Estados Unidos, Europa y en la historia argentina", alertó el investigador del Conicet especializado en medios de comunicación e industrias culturales, Martín Becerra.
Por su parte, con la sustitución del Artículo N.º 34 de esa misma ley y su modificación, se terminó con el requisito de la autorización para la prestación de facilidades satelitales. Bajo la premisa de que será "libre" y solo se requerirá al titular la inscripción de un registro con el objetivo de "coordinar el uso de las frecuencias radioeléctricas y evitar interferencias".
Pero también había una letra chica, de gran afectación para los medios tradicionales, en el apartado de "Desregulación Económica". Con la derogación de la Ley N.º 26.736, que creaba el "Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios". Este movimiento para Becerra se debe leer en clave de la política comunicacional del Gobierno.
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