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Si fallece mi pareja y no estamos casados, ¿tengo derecho a cobrar la herencia?

Ante un fallecimiento cercano surgen preguntas gracias a la forma de llevar relaciones en la actualidad, sin títulos ni papeles.

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Las herencias son tema delicado en cualquier familia, muchas veces, causa de discordia y pleitos. Por norma general, los bienes y derechos se reparten entre sus herederos gracias al testamento, pero cuando tal escrito no existe, los familiares tienen que recurrir a la legislación sucesoria.

La pareja del difunto o cónyuge depende plenamente de si está legalmente certificada la relación por matrimonio o si se dejó constancia jurídica alguna sobre la relación de pareja. En cuyos casos suele heredar parte de los bienes.

Pero si los descendientes y ascendientes que son llamados a recibir la herencia son varios, la falta de claridad y los intereses cruzados pueden generar conflictos legales entre las partes.

Los seguros de vida se suman a la herencia total que deja el difunto. Fuente: Archivo

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¿Qué pasa si el fallecido no estaba casado pero si en pareja?

En caso de ausencia de matrimonio, para heredar dependerá de la unión jurídica o de hecho acreditada. La cual es un tipo de unión distinta a la civil de esposos y, pese a que a nivel social se acepta como una relación matrimonial, a efectos jurídicos y legales no tienen los mismos derechos.

Dependen exclusivamente de la Comunidad Autónoma en la que residan para obtener ciertos derechos. Por lo que heredar o no se evaluará en función del lugar de residencia, puede ser una ventaja o un completo inconveniente.

A nivel estatal, si uno de los miembros de la pareja fallece y no ha establecido testamento, el otro no tiene derecho a nada del caudal hereditario. En esta modalidad resulta fundamental otorgar testamento a la pareja, pues es la única forma de asegurarse de que cuenta con cobertura en caso de fallecimiento.

En caso de no existir ningún tipo de formalización, el testamento es la única manera de que la pareja del fallecido reciba algún tipo de beneficio de la herencia, siendo preferente el seguimiento del orden sucesorio según el Código Civil.

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¿Cómo se reparte la herencia entre el cónyuge viudo y los hijos?

Ahora bien, si está confirmada la relación o matrimonio el usufructo al que tiene derecho el cónyuge viudo puede cambiar en función del número y la posición del resto de herederos.

Cuando el fallecido tiene hijos, la pareja superviviente puede recibir el usufructo del tercio de mejora. Cuando la persona causante no tiene descendientes, pero viven sus ascendientes (padres y/o abuelos) el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia.

Estas legítimas tienen que respetarse independientemente de lo que disponga el testamento, de hecho, también se aplican cuando el testamento no se ha emitido. Para identificar los bienes que forman parte de la herencia del cónyuge viudo, se debe analizar si el régimen económico del matrimonio era de gananciales o separación de bienes.

Cuando reclaman la herencia el cónyuge viudo y los hijos de la persona causante, la pareja superviviente podrá exigir que le paguen el usufructo con la entrega de un capital en efectivo y un lote de bienes hereditarios. Los hijos del fallecido son los que deciden qué hacer, es decir, entregar el dinero o dejar en manos del cónyuge viudo los bienes hereditarios.

Si una persona fallece sin dejar testamento, sus deudas y bienes pasan a sus herederos forzosos. Fuente: Archivo
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