Hacienda lo confirmó: ¿cuáles son las PENSIONES que no deberán pagar el IRPF en 2024?
Algunos pensionistas no se verán obligados a abonar el IRPF a Hacienda desde el próximo año 2024. ¿Quiénes son?
Desde Hacienda han anunciado una nueva actualización que supone un alivio fiscal para la gran mayoría de pensionistas en España. Y es que, a partir del 2024, algunos de ellos no estarán obligados a pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, más conocido como IRPF.
Actualmente, hay más de 10 millones de pensionistas que son beneficiarios de las pensiones contributivas de la Seguridad Social y están sujetos a la tributación del IRPF, así como también los trabajadores activos. No obstante, Hacienda ha establecido ciertas excepciones que eximen a determinados colectivos de esta obligación fiscal.
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De acuerdo a la legislación vigente, expresada en el artículo 7 de la Ley 35/2006 publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), solamente un grupo minoritario de pensionistas está libre de abonar el IRPF. Estas exenciones también se aplican a otras prestaciones, focalizándose principalmente en colectivos vulnerables o amparados por la ley.
Estas pensiones de la Seguridad Social no estarán sujetas al pago del IRPF
Dentro de las exenciones fiscales del IRPF, se incluyen las pensiones otorgadas por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez reconocidas por la Seguridad Social o las mutuas laborales. Estas pensiones tienen un límite máximo de exención de impuestos y se convertirán en pensiones de jubilación una vez que el beneficiario alcance los 65 años.
Asimismo, las pensiones por incapacidad permanente o invalidez, integradas en el Régimen de Clases Pasivas y que incapacitan por completo al beneficiario para cualquier profesión, también gozan de esta exención.
Otras de las prestaciones que quedan exentas son las nacimiento y cuidado de menor; las de cuidado del lactante; las prestaciones familiares no contributivas, las pensiones y haberes pasivos de orfandad a favor de nietos y hermanos menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo, así como también las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones por actos de terrorismo y las pensiones de jubilación que también sean consecuencia de actos de terrorismo.
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Es importante que los beneficiarios revisen minuciosamente el borrador de su declaración de la Renta para asegurarse de que las cantidades exentas no estén registradas de manera incorrecta.
- La Agencia Tributaria destaca que solo se considerarán exentas aquellas rentas que estén explícitamente designadas como tales en la normativa del IRPF u otra legislación aplicable, sin la posibilidad de aplicar exenciones más allá de los casos establecidos legalmente.
En caso de que no sepas si tu pensión no está sujeta al pago del IRPF de Hacienda, puedes consultarlo de forma presencial en algunas de las oficinas de la Agencia Tributaria.