Cuenta regresiva | Declaración anual: quiénes deben hacer este trámite obligatorio del SAT hasta el 31 de abril
Los contribuyentes de México tendrán un mes para completar el trámite de manera correcta y evitar multas y sanciones del organismo recaudador.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un recordatorio crucial para los contribuyentes mexicanos, estableciendo la fecha límite para cumplir con una de las obligaciones fiscales más importantes del año. El organismo recaudador advierte que el incumplimiento de los plazos establecidos podría acarrear sanciones económicas significativas.
Con el mes de marzo en curso, el tiempo apremia para las personas morales o empresas que deben presentar su Declaración Anual de Impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2024. El plazo límite para realizar este trámite sin incurrir en multas es el próximo 31 de abril.
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Una vez transcurrida la fecha límite, el SAT estará facultado para imponer multas que oscilan entre los 1,400 y los 30,000 pesos.
Datos clave para la Declaración Anual
El Gobierno de México, a través de su sitio web oficial, ha detallado los datos que las empresas deben tener a mano al momento de presentar su Declaración Anual de Impuestos. Cuáles son los datos que deberán precargar, relacionados a:
Ingresos
- Ingresos de pagos provisionales efectivamente pagados
- Devoluciones, descuentos y bonificaciones
- CFDI de tipo ingreso y egreso
Retenciones Efectivamente Pagadas
- ISR sueldos y salarios
- ISR asimilados a salarios
- ISR servicios profesionales y RESICO
- ISR arrendamiento
Nómina
- Nómina pagada de salarios
- Nómina pagada de asimilados
- PTU pagada
- Retenciones de ISR salarios y asimilados efectuadas
- Subsidio al empleo aplicado
Otros Rubros
- Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores pagadas
- Pérdidas fiscales
- Pagos al extranjero
- Dividendos
- Subsidio para el empleo
Cómo presentar la Declaración Anual ante el SAT
Para presentar la Declaración Anual, las empresas deben acceder al portal oficial del SAT (sat.gob.mx) con su e.firma activa. Además, se recomienda tener al día las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales de ISR de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos por arrendamiento y honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.