Confirmado | El SAT visitará casa por casa a los pensionados que no cumplan con este requisito
El organismo público visitará a adultos mayores como parte de sus procedimientos de verificación fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que llevará a cabo visitas domiciliarias a algunos pensionados, con el objetivo de verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y la correcta declaración de sus ingresos.
Es importante recordar que esta iniciativa se enmarca dentro de las facultades legales del organismo recaudador para realizar procedimientos de verificación fiscal.
Qué son las visitas domiciliaras del SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que las visitas domiciliarias se dan cuando un empleado del organismo público se presenta en el hogar de un contribuyente como parte de un procedimiento administrativo de fiscalización.
Por qué el SAT visitará a pensionados en diciembre
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede realizar visitas domiciliarias con el fin de verificar y comprobar la veracidad de los datos proporcionados por los contribuyentes, tanto personas físicas como morales.
De hecho, están contempladas en el artículo 42, Fracción III del Código Fiscal de la Federación, y puede ser realizada a cualquier contribuyente, siempre que existan razones justificadas.
Cabe destacar que esta disposición no exime a los adultos mayores, quienes, mientras continúen como contribuyentes, siguen sujetos a estos procedimientos conforme a la ley.
Cómo deben ser las visitas domiciliaras a adultos mayores
La visita a adultos mayores es un momento crucial que requiere sensibilidad, respeto y un profundo conocimiento de sus derechos.
En específico, el marco legal que protege a los adultos mayores, específicamente la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, establece en su artículo 5º, fracción II, inciso c), el derecho fundamental a recibir asesoría gratuita.
Asimismo, las personas de la tercera edad tienen derecho a:
- Ser informadas sobre sus derechos y obligaciones.
- Recibir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado.
- Corregir su situación fiscal mediante una declaración normal o complementaria desde el inicio de la revisión hasta antes de que se notifique la resolución con el monto de las contribuciones omitidas.
- Concluir la visita o revisión si la autoridad determina que todas las obligaciones se han corregido.
- Recibir un oficio informando que han corregido su situación fiscal después de una revisión, dentro del mes siguiente a la presentación de la declaración.
- Si no corrige totalmente su situación fiscal, la autoridad emite una resolución y puede aplicar una multa: 20% si paga antes de que se le notifique el acta final o 30% si paga después de la notificación del acta final pero antes de la liquidación.
- Puede pagar a plazos, hasta 36 meses o diferido hasta 12 meses, si garantiza el interés fiscal.
- Las autoridades fiscales tienen seis meses para determinar las contribuciones omitidas durante la revisión. Si no lo hacen, se entiende que no hay deuda fiscal por ese periodo.