Atención pensionados: confirman un nuevo aumento para jubilados a partir de febrero
Los adultos mayores que cobren esta asistencia recibirán un incremento a partir del próximo mes.
La pensión que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se entregará a partir de febrero con un aumento para todos los jubilados inscritos.
Los adultos mayores que se encuentren amparados por la entidad gubernamental tendrán la posibilidad de percibir una suba de sus haberes a partir del próximo mes, lo que representa un alivio al bolsillo para todo este sector poblacional.
El ajuste que realizará el Gobierno de México tomará en cuenta el último porcentaje de la inflación, traduciéndose en la nueva suba del valor de todas las pensiones IMSS.
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¿De cuánto será la suba para jubilados del IMSS?
Los adultos mayores adheridos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recibirán a partir de febrero una suba en su pensión que equivale al porcentaje de la inflación del último período del año pasado.
"El monto será actualizado anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)", sostuvieron las autoridades.
En este sentido, y en función de los datos que actualizó el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) sobre la Canasta y la Estructura de ponderación del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), el aumento que aplicará el organismo a las pensiones será de 4.21% anual a partir del 1 de febrero.
El porcentaje de inflación alcanzará a todos los beneficiarios que se hayan pensionado con el IMSS, ya sea bajo el concepto de cesantía en edad avanzada, vejez o invalidez.
¿Qué se necesita para cobrar la pensión IMSS?
Los jubilados de México que busquen formar parte del Instituto Mexicano del Seguro Social y recibir una pensión, deberán reunir una determinada cantidad de condiciones, entre las que se incluyen:
- Edad: tener al menos 60 años para cesantía en edad avanzada o 65 años para vejez.
- Cotización: haber cotizado al IMSS un mínimo de semanas. Esto incluye 500 semanas antes del 1 de julio de 1997, o 1,250 semanas después.
- Conservación de derechos: estar dentro del periodo de conservación de derechos (una cuarta parte del tiempo cotizado al IMSS).
- Aportaciones al AFORE: tener una cuenta individual en una AFORE con las aportaciones correspondientes.
- Solicitud: presentar solicitud de pensión al IMSS con los documentos requeridos (identificación oficial, NSS, CURP, estado de cuenta del AFORE, etc.).