Atención jubilados y pensionados: se confirmó un saldo extra a favor para quienes cumplan este requisito
Los jubilados y pensionados del ISSSTE podrán acceder a un beneficio extra en el cobro de junio. Checa los requisitos y accede al dinero, según te corresponda.
Los pensionados y los jubilados que formen parte del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) podrán acceder a un dinero extra en el cobro de junio. Se trata de un beneficio único para los adultos mayores, el cual está relacionado con el fondo de ahorros para el retiro.
Según indican las autoridades del ISSSTE, y en base a los lineamientos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), los adultos mayores pueden acceder al saldo a favor tras la declaración anual de impuestos. En esta línea, ten en cuenta que la fecha límite en la que deberán entregar este pago extra es de 40 días después de presentar la declaración.
Aquellos beneficiarios que hayan cumplido con sus obligaciones fiscales, podrían recibir este depósito en el mes de junio como parte de la Pensión ISSSTE. De esta manera, podrán comprar alimentos, medicinas y todo tipo de insumos para su vida diaria.
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El ISSSTE entregará un saldo a favor en junio de 2024
Según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), los adultos mayores deben presentar su declaración anual. En el caso de los pensionados del ISSSTE, estos estuvieron obligados a hacerlo entre el 1 y el 30 de abril de este año, en caso de que el ingreso sea de 400,000 pesos. Esto forma parte de sus obligaciones fiscales y les permite acceder al saldo a favor, el cual reciben como un pago adicional.
De acuerdo con el SAT, aquellos pensionados y jubilados que presenten la declaración pueden solicitar el saldo a favor que les corresponda, ya que tienen derecho a la devolución de impuestos. Por ello, es fundamental que, de ser necesario, busquen asesoría de expertos en materia de impuestos para asegurar que reciban el pago extra.
¿Quiénes pueden acceder al dinero extra del ISSSTE?
Para recibir un pago adicional en la pensión ISSSTE, se deben presentar la declaración anual al SAT y contar con saldo a favor. Según la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se puede solicitar la devolución de ese dinero, obteniendo así un ingreso extra. Aquellos adultos mayores que completaron este proceso en abril, recibirán su depósito alrededor del próximo 18 de junio.
Cabe destacar que este beneficio está disponible una vez pagados los impuestos durante el año fiscal, permitiendo recuperar ese dinero.
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Paso a paso: ¿cómo hacer la declaración anual ante el SAT?
A continuación, el procedimiento completo que debes cumplir a la hora de hacer el trámite ante el organismo.
- Acceder a la página oficial del SAT y contar con RFC, contraseña, así como e.firma portable.
- Hacer click en el enlace "presentar declaración" y seleccionar el ejercicio fiscal correspondiente
- En caso de estar bajo el régimen de sueldos, hacer click en la casilla de "ingresos a declarar" preseleccionada. Además, responder la pregunta sobre si obtuvo ingresos en el extranjero o no
- Checa la información en la pestaña sobre la declaración prerellenada con la información del año fiscal correspondiente
- Verificar que las cifras que figuran en la pantalla sean las correctas. En caso de equivocación, eliminar lo que no corresponda
¿Cómo saber si tengo que declarar ante el SAT?
Las personas morales que obtuvieron ingresos superiores a 400,000 pesos en el año debieron presentar su declaración anual ante las autoridades. Asimismo, incluye a quienes trabajaron para dos o más empleadores en el mismo año, sin importar que el ingreso total anual no supere dicha cantidad.
Además, si una persona hizo una solicitud por escrito a su empleador para que este no presente la declaración anual en su nombre, o si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año correspondiente.
También se debe cumplir con esta obligación si se perciben salarios de entidades que no realizan retenciones, como embajadas u organismos internacionales, o si se obtuvieron otros ingresos acumulables como honorarios, arrendamientos o actividades empresariales, además de los salarios.
Por últimos, están obligados a presentar su declaración quienes recibieron ingresos por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.