Gran noticia para los inmigrantes | Se confirmó una nueva lista de países elegibles para el TPS
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) confirmó cambios en el Estatus de Protección Temporal (TPS). Conoce los detalles.
El Estatus de Protección Temporal (TPS), gestionado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), es una gran oportunidad para los inmigrantes provenientes de país afectados por conflictos armados, desastres naturales o condiciones extraordinarias y de carácter temporal.
Este documento garantiza que las personas seleccionadas no serán deportadas de Estados Unidos y podrán obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD).
La buena noticia es que en 2025 la lista de países elegibles sufrió modificaciones, ampliándose para incluir a más naciones.
Confirmado: habrá importantes cambios en el Estatus de Protección Temporal (TPS). Fuente: Shutterstock.
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La lista definitiva de países elegibles para el Estatus de Protección Temporal en Estados Unidos en 2025
La lista de países elegibles para el Estatus de Protección Temporal de Estados Unidos se actualiza regularmente, reflejando los cambios en las condiciones internas de cada nación. En 2025, los siguientes países están incluidos en la iniciativa:
- Afganistán
- Birmania
- Camerún
- El Salvador
- Etiopía
- Haití
- Honduras
- Líbano
- Nepal
- Nicaragua
- Somalia
- Sudán
- Sudán del Sur
- Siria
- Ucrania
- Venezuela
- Yemen
Lista completa de países elegibles para el Estatus de Protección Temporal (TPS). Fuente: Shutterstock.
Estos son los requisitos para solicitar el Estatus de Protección Temporal en Estados Unidos
Para ser elegible para el Estatus de Protección Temporal (TPS), los solicitantes deben cumplir con lo siguiente:
- Ser ciudadanos de un país designado o apátrida cuya última residencia habitual fue en ese país.
- Presentar la solicitud dentro del periodo inicial o cumplir con los requisitos de presentación tardía.
- Haber estado en EE.UU. físicamente de forma continua desde la fecha establecida para su país.
- Residir de forma continua en EE.UU. desde la fecha requerida, con excepciones para salidas breves, casuales e inocentes.
Los solicitantes NO serán elegibles para mantener el Estatus de Protección Temporal si:
- Fueron condenado por un delito grave o dos o más delitos menores en Estados Unidos.
- Son considerados inadmisibles según la sección 212(a) de INA por razones criminales o de seguridad, sin opción de exención.
- Están impedidos para solicitar asilo por participar en persecuciones o actividades terroristas.
- No cumplen con los requisitos de presencia o residencia continua.
- No se reinscriben entro del plazo requerido, sin una causa justificada.
Aviso importante para los ciudadanos de Haití
El Departamento de Seguridad Nacional anunció que extendió hasta el 3 de agosto de 2025 la validez de ciertos Documentos de Autorización de Empleo (EAD) emitidos a titulares del Estatus de Protección Temporal (TPS) bajo la designación de Haití.
Si eres beneficiario de TPS por Haití y aún no te has reinscrito, presenta el Formulario I-821 antes del 30 de agosto de 2024 para mantener tus beneficios.
Reinscríbete a tiempo y no esperes a que venza tu EAD, ya que un retraso podría afectar tu autorización de empleo. Para más detalles, consulta la notificación del Registro Federal.