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Atención extranjeros | ¿Cómo hacer la homologación de los estudios y así poder trabajar en España?

Para aquellos ciudadanos que busquen convalidar sus títulos no universitarios deberán atender al mensaje del ministerio de educación español.

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Una de las preguntas que se realizan con mayor frecuencia los emigrantes que arriban a España está vinculada a cuál es el procedimiento que deben seguir para realizar la homologación de sus títulos.

El proceso que deberán iniciar quienes busquen revalidar sus estudios no universitarios llevados a cabo en el extranjero implica seguir un paso a paso y cumplir con los requisitos estipulados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

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¿Qué significa la homologación de títulos y quiénes pueden hacerla?

De acuerdo a la información brindada por el Ministerio educativo español, la homologación de títulos, diplomas o estudios extranjeros de educación no universitaria supone la declaración de la equivalencia con los títulos del sistema educativo español vigente.

Por su parte, la convalidación de estudios extranjeros por cursos españoles de educación no universitaria supone declarar la equivalencia de aquellos con estos últimos a efectos de continuar estudios en un Centro docente español.

Quienes hayan cursado estudios conforme a un sistema educativo extranjero podrán solicitar ante la entidad correspondiente la convalidación u homologación del título.

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir el título?

Entre las condiciones a las que se encuentra sujetas de cumplir el título que se busca homologar o convalidar, se destacan las siguientes:

  • Tener validez oficial en el sistema educativo del país al que correspondan.
  • Si los estudios se han realizado en un centro extranjero ubicado en España, que dicho centro esté debidamente autorizado para impartir tales estudios por la Administración educativa española competente.
  • Que el título avale unos estudios efectivamente superados conforme al sistema educativo del país que lo expide. No es aceptable, a efectos de su homologación en España, un título extranjero obtenido por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un tercer país.
  • Que exista suficiente equivalencia con los estudios o el título español de referencia, tanto a nivel académico, como en duración y contenido de los estudios requeridos.
  • Que los estudios extranjeros estén totalmente superados en el sistema educativo del otro país. No procede la convalidación de asignaturas sueltas. Además, se exigirá la superación completa de todos y cada uno de los cursos anteriores al curso objeto de homologación o convalidación.
  • Que el interesado no haya obtenido previamente en el sistema educativo español el mismo título o los mismos estudios cuya homologación o convalidación solicita.
  • Los estudios realizados en sistemas educativos extranjeros por el alumnado procedente del sistema educativo español serán objeto de homologación al título español de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o al de Bachiller, siempre que haya aprobado tantos cursos correlativos y completos como le quedaran pendientes para terminar la Educación Secundaria Obligatoria o el Bachillerato, respectivamente.
Quienes busquen homologar sus títulos no universitarios en España deberán seguir el procedimiento estipulado por el ministerio de Educación español. Foto: Archivo.

¿En qué casos no pueden homologarse los títulos?

Según lo dispuesto por el Ministerio de Educación español, no podrán homologar sus títulos los ciudadanos del exterior que tengan estudios cursados en centros extranjeros ubicados en España al margen de lo dispuesto en la normativa que regula el establecimiento y autorización de tales centros docentes (Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo BOE).

También se encuentran incluidos en este sector los títulos expedidos por instituciones u organismos extranjeros que avalan estudios realizados en centros españoles no conducentes a títulos con validez académica oficial.

Por otra parte, no podrán homologarse títulos, diplomas, certificados o estudios cursados en organismo o instituciones, públicas o privadas, que no constituyen grados académicos ni forman parte del sistema educativo del país extranjero de que se trate.

Uno por uno: los títulos españoles que se pueden pedir en la homologación:

Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

  • Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria

Bachillerato

  • Título de Bachiller

Formación Profesional

  • Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio)

  • Título de Técnico Superior (Formación Profesional de Grado Superior)

Enseñanzas Artísticas Profesionales

  • Título Profesional de Música

  • Título Profesional de Danza

  • Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño

  • Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño

Enseñanzas Artísticas Superiores

  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Música, en la especialidad correspondiente

  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Danza, en la especialidad correspondiente

  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Arte Dramático, en la especialidad correspondiente

  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en la especialidad correspondiente

  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Artes Plásticas, en la especialidad de Cerámica o en la especialidad de Vidrio

  • Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Diseño, en la especialidad correspondiente

  • Títulos de Máster en Enseñanzas Artísticas homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional

Enseñanzas Deportivas

  • Título de Técnico Deportivo

  • Título de Técnico Deportivo Superior

Para mayor información, se aconseja a los extranjeros ingresar al siguiente enlace.

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