Pensiones

Así puedes tramitar la pensión por viudez en el IMSS en caso de fallecimiento del asegurado

La pensión por viudez del IMSS la puede gestionar el cónyuge o concubino del asegurado. Sin embargo, existen una serie de pasos, documentos y requisitos que hay que cumplir para cobrar el monto de dinero.

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Entre todas las prestaciones que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus trabajadores, existe la pensión por viudez. Esta se traduce en un soporte económico que se le otorga al cónyuge o concubino del asegurado, en caso de que este último pierda la vida.

Existen varias prestaciones que se conceden al cónyuge o concubino del titular de la cuenta IMSS, luego de que este haya fallecido. Estas son:

  • Seguros de riesgos de trabajo

  • Pensión por invalidez

  • Pensión por retiro

  • Pensión por cesantía en edad avanzada o vejez

La pensión por viudez es una de las prestaciones del IMSS y busca apoyar a los cónyuges o concubinos de los asegurados fallecidos. Foto: Freepik

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¿Cuáles son los requisitos para tramitar la pensión por viudez del IMSS?

Para tramitar la prestación por viudez de la pensión IMSS, son necesarios dos aspectos:

  • Que al momento de su fallecimiento, el titular de la cuenta haya tenido vigentes sus derechos y posea al menos 150 semanas de cotización.

  • En el caso del Seguro de Riesgos de Trabajo, que el titular de la cuenta haya contado solo con la vigencia de sus derechos al momento de morir. Esto significa que no requiere un período mínimo de cotización.

Por otro lado, para tramitar la prestación en caso de cónyuge, el familiar del asegurado debe presentar el acta de matrimonio original para acreditar el vínculo legal. Pero el caso del concubinato es diferente, ya que la persona interesada debe acreditar la relación durante los últimos 5 años.

En otras palabras: se debe demostrar que el pensionado vivió con la persona beneficiaria de la prestación durante ese periodo de tiempo. El trámite será válido siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

Uno de los requisitos para cobrar la pensión por viudez del IMSS es que al momento de su fallecimiento, el titular de la cuenta haya tenido vigentes sus derechos y posea al menos 150 semanas de cotización ante el instituto. Foto: Freepik

Por otra parte, para los casos de fallecimiento derivado de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3. Este documento es expedido por los Servicios Médicos Institucionales.

Pero si el pensionado fallecido contaba con una pensión de incapacidad permanente y pierde la vida por una causa distinta a un riesgo de trabajo, es condición haber acumulado un mínimo de 150 semanas de cotización.

Sin embargo, la cotización no califica si la pensión de incapacidad permanente total del asegurado fallecido, no tuvo una duración mayor de 5 años.

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¿Cuáles son los documentos que debo presentar para tramitar la pensión por viudez del IMSS?

Para gestionar la pensión por viudez del IMSS, es necesario contar con los siguientes documentos del titular de la cuenta fallecido:

  • Identificación oficial con fotografía y firma

  • Identificación emitida por el IMSS, INFONAVIT o una AFORE: esta debe contener Número de Seguridad Social

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)

  • Copia certificada del Acta de Nacimiento

  • Copia certificada del Acta de Defunción

Pero también se deben presentar los siguientes documentos de la persona beneficiaria, es decir, el cónyuge o concubino:

  • Identificación oficial con fotografía y firma

  • Copia certificada del Acta de Nacimiento

  • Copia certificada del Acta de Matrimonio (la expedición de este documento deberá ser posterior a la fecha de la defunción del pensionado)

  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses previos a la presentación de la solicitud

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)

  • Documento expedido por el banco autorizado por el IMSS: con número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada

Pero también es necesario mencionar que en el caso del concubinato, se debe presentar la copia certificada de la Resolución. Este documento es emitido por autoridad judicial y acredita la relación o el vínculo. Pero si el pensionado tenía varias relaciones, ninguna de ellas gozará de pensión.


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