Atención contribuyentes: tener mascotas puede significar una importante devolución en la declaración de la renta
La Ley de Bienestar Animal introduce novedades fiscales para propietarios de perros y gatos.
Cada vez más hogares españoles cuentan con una mascota como parte de la familia. Pero, si bien los perros y gatos ofrecen compañía y bienestar emocional, también pueden suponen una responsabilidad económica para sus dueños.
Alimentación, cuidados veterinarios y seguros son algunos de los gastos que pueden acumularse a lo largo del año, generando un impacto significativo en la economía doméstica.
Ante esta realidad, surgen dudas sobre si los gastos asociados a las mascotas pueden incluirse en la declaración de la renta y, en algunos casos, generar una devolución fiscal.
Novedades fiscales para propietarios de mascotas
Aunque a nivel estatal no se han establecido deducciones generales, algunas comunidades autónomas han impulsado beneficios fiscales específicos para aliviar la carga económica de los propietarios.
Con la entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal en 2023, se establecieron obligaciones como la contratación de un seguro de responsabilidad civil para perros.
Sin embargo, esta ley no introdujo deducciones fiscales directas por gastos relacionados con mascotas en la declaración de la renta. Es decir, gastos como facturas veterinarias o seguros de mascotas no son deducibles a nivel estatal.
Excepciones para autónomos y profesionales
No obstante, existen excepciones para ciertos contribuyentes. En el caso de los trabajadores autónomos cuya actividad económica esté directamente relacionada con animales, existe la posibilidad de deducir gastos vinculados a sus mascotas.
Por ejemplo, un ganadero o un adiestrador de perros podría desgravar gastos veterinarios si estos están justificados como necesarios para su negocio. Para ello, es imprescindible contar con facturas y registrar adecuadamente estos gastos en la contabilidad del negocio.
Deducciones en comunidades autónomas
Si bien por el momento no existe la posibilidad de deducir gastos de mascotas a nivel estatal, algunas comunidades autónomas han comenzado a implementar algunos beneficios fiscales.
Regiones como Madrid, Valencia, Cataluña y Andalucía han introducido deducciones por gastos veterinarios, con límites que varían entre 100 y 300 euros anuales. Estas deducciones buscan aliviar la carga económica de los propietarios y fomentar la tenencia responsable de animales.
(Fuente: Freepik)
Cuáles son los requisitos para acceder a las deducciones autonómicas
Para beneficiarse de estas deducciones, los contribuyentes deben cumplir ciertos requisitos:
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Registro oficial: la mascota debe estar registrada en el censo correspondiente y contar con la documentación al día, incluyendo el microchip de identificación.
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Justificación de gastos: es fundamental guardar las facturas de los servicios veterinarios, ya que serán necesarias para justificar la deducción ante las autoridades fiscales.
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Residencia fiscal: el propietario debe residir en una comunidad autónoma que ofrezca estas deducciones y cumplir con las condiciones específicas establecidas por dicha región.
Es recomendable que cada contribuyente consulte la normativa específica de su comunidad autónoma y, en caso de duda, busque asesoramiento fiscal para optimizar su declaración de la renta.