¿Qué ocurre con las cuentas bancarias cuando fallece el titular? Guía completa para herederos
Entender la gestión de cuentas bancarias tras el fallecimiento del titular es esencial para los herederos en España.
En España, cuando una persona fallece, las cuentas bancarias a su nombre no son inmediatamente accesibles para sus herederos. Este procedimiento, aunque complejo, resulta fundamental para prevenir futuros conflictos legales y fiscales. A continuación, se presenta una guía exhaustiva sobre los pasos a seguir si te encuentras ante esta circunstancia.

Restricciones en cuentas y acceso a datos
Al notificarse el fallecimiento del titular de una cuenta bancaria, la entidad financiera procede de manera inmediata al bloqueo de las cuentas. Esta medida preventiva tiene como objetivo evitar movimientos no autorizados o fraudulentos, permitiendo únicamente el pago de recibos domiciliados que sean esenciales, tales como los servicios públicos y gastos funerarios. No obstante, no se podrán realizar retiros de dinero hasta que se acredite formalmente la identidad de los herederos.
Documentación requerida para el desbloqueo de cuentas
Para que los herederos puedan acceder a los fondos, es imperativo presentar una serie de documentos ante la entidad bancaria. Estos documentos incluyen el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, una copia del testamento (en caso de existir), así como la liquidación o exención del Impuesto de Sucesiones. Sin la presentación de estos documentos, las entidades bancarias no están autorizadas a liberar el saldo existente en las cuentas.
Proceso de reclamación y plazos establecidos
Es fundamental que los herederos gestionen estas cuestiones dentro del plazo estipulado por la ley, que generalmente es de seis meses para el pago del Impuesto de Sucesiones, con posibilidad de solicitar una prórroga.
Si no se lleva a cabo este trámite en el tiempo y forma adecuados, además de enfrentar penalizaciones fiscales, el banco podría retener los fondos por un periodo de hasta 20 años. Transcurrido este tiempo, si no son reclamados, dichos fondos pasarían a formar parte del Tesoro Público.

Recomendaciones para herederos
Es fundamental que los herederos busquen asesoramiento adecuado para prevenir inconvenientes tales como la acumulación de comisiones bancarias o la reclamación de deudas del difunto. Antes de proceder con la aceptación de la herencia, es aconsejable realizar una verificación exhaustiva de las posibles deudas pendientes del titular, dado que, al aceptar la herencia, se asumen también sus responsabilidades financieras. Este análisis previo puede evitar complicaciones legales y económicas en el futuro.
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