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Confirmado: esto es lo que debe cobrar si o si la viuda, sin importar el testamento

Incluso si el testamento indica lo contrario hay un tercio de la herencia que le corresponde al cónyuge y saberlo puede ahorrar muchos problemas.

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Las herencias son una cuestión delicada en cualquier familia, y muchas veces, causa de discordia. Aunque gran parte de estos pleitos se ahorrarían con un testamento, en España no todos toman estos recaudos y cuando este escrito no existe los familiares tienen que recurrir a la legislación sucesoria.

La pareja del difunto o cónyuge depende plenamente de si está legalmente certificada la relación por matrimonio o si se dejó constancia jurídica sobre la relación. Esto es muy importante al momento de tramitar la herencia ya que los intereses cruzados pueden generar conflictos legales entre el cónyuge viudo, los hijos y el resto de herederos.

El Código Civil marca a quién se podrá dejar cada una de estas partes, el testamento ayuda a distribuirlas en la forma que el fallecido lo deseo. Fuente: Archivo

¿Cómo se dividen las herencias?

Si se esta incursionando en el mundo de las herencias se habrá escuchado que estas se dividen en tres partes o tercios. Es decir, sobre el bruto se divide en tres partes iguales y cada una de estas tiene sus implicancias previo a poder repartirlas. 

¿Qué significa cada uno de los tercios?

El tercio de la legítima:

Un tercio de la herencia se repartirá obligatoriamente entre los herederos legítimos, que son el cónyuge del fallecido y sus hijos o los descendientes en caso de que los primeros hayan fallecido. Con un testamento se puede definir quién va a quedarse con cada cosa.

El tercio de mejora:

Este tercio puede mejorar lo que recibirá alguno de los herederos legítimos por lo que en palabras más simples, favorece a un heredero legitimo en concreto y puede ser el cónyuge.

El tercio de libre disposición:

Las leyes de la herencia permiten destinar un tercio de la herencia a quien se quiera, independientemente de si es familiar, aunque pagara más impuestos.

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Esto es lo que debe cobrar si o si la viuda sin importar el testamento

El primer paso para identificar los bienes que forman parte de la herencia de una pareja o cónyuge, se debe averiguar de qué tipo era el régimen económico del matrimonio. En caso de que sea gananciales, es decir cada uno de los miembros de la pareja tiene sus bienes personales en propiedad, también los que derivan del enlace matrimonial.

El 50% que le correspondía al cónyuge fallecido será la herencia. Sin embargo, la parte superviviente también tiene derecho al usufructo de la herencia, es decir, la parte legítima de un tercio del total de los bienes y la vivienda.

El testamento puede ser determinante para esclarecer los derechos de la persona viuda y puede mejorar su posición incluso heredando el tercio de libre disposición (siempre que el reparto no afecte a herederos forzosos).

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¿Cómo se reparte la herencia entre el cónyuge viudo y los demás herederos?

Si está confirmada la relación o matrimonio pero no hay testamento, el usufructo al que tiene derecho el cónyuge viudo variará en función del número y la posición del resto de herederos.

Según el Código Civil, la persona viuda nunca va a quedar desamparada, por lo que existen unas legítimas que deberán respetarse incluso si el testamento indicase lo contrario. Siempre en contemplación de los bienes que forman parte de la herencia del cónyuge viudo, es decir si el régimen económico del matrimonio era de gananciales o separación de bienes.

  • Si el fallecido tiene hijos y no hay testamento, a la pareja superviviente le corresponde el tercio de la herencia.
  • Si el fallecido no tiene descendientes pero sí ascendientes (padres y/o abuelos), el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia.

La pareja superviviente podrá exigir que le paguen el usufructo con la entrega de un capital en efectivo y un lote de bienes hereditarios. Fuente: Archivo
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