Murió la Ley de Alquileres | Si alquilas tu vivienda a un familiar puedes pagar menos impuestos
Desde Hacienda aclaran que, si el alquiler es inferior al precio de mercado, la tributación se basará en el valor catastral del inmueble, lo que puede reducir significativamente el pago del IRPF.
El panorama del alquiler en España no es el más optimo. Algunos responsabilizan a la Ley de Vivienda, también conocida como Ley de Alquileres, pero ahora desde el Ministerio de Hacienda confirman una medida que pone en manos de propietarios y arrendatarios la libertad para establecer acuerdos sin las restricciones previas.
En este nuevo contexto, surge una oportunidad fiscal para quienes alquilan su vivienda a familiares, permitiendo reducir su carga tributaria en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Dirección General de Tributos (DGT), aclaró en una reciente resolución que los propietarios que alquilen a familiares de hasta tercer grado (cónyuges, hijos, padres, hermanos, abuelos, nietos, tíos o sobrinos) por un precio inferior al de mercado tributarán sobre un mínimo establecido por el valor catastral del inmueble, en lugar de los ingresos reales percibidos.
Este mecanismo puede resultar en una carga fiscal significativamente menor para los arrendadores.
El cálculo es claro: si un padre alquila un piso a su hijo por 100 euros al mes, los ingresos anuales ascenderían a 1200 euros. Tras descontar gastos de comunidad, reparaciones e impuestos, el rendimiento neto podría ser negativo, eximiendo al propietario de pagar tributos por estos ingresos. En su lugar, tributará sobre un porcentaje fijo del valor catastral, que oscila entre el 1,1% y el 2%, de acuerdo a si ha sido revisado o no.
Alquilar a familiares: una vía para reducir impuestos
El beneficio fiscal de alquilar a un familiar radica en que la base imponible del IRPF se calcula en función del valor catastral y no del rendimiento efectivo del alquiler. Si el arrendador aplica un precio simbólico, su carga tributaria se reducirá notablemente.
En un ejemplo práctico, un inmueble con un valor catastral de 150.000 euros generará una base imponible de entre 1650 y 3000 euros, dependiendo del coeficiente aplicable. Esta cantidad suele ser inferior a la que resultaría de alquilar a precio de mercado.
Sin embargo, si el alquiler se pacta a valor de mercado, el propietario tributaría sobre un importe mayor. Un arrendamiento de 900 euros al mes generaría ingresos de 10.800 euros anuales, sobre los cuales se podrían deducir gastos hasta obtener un rendimiento neto de 7800 euros. A esta cifra se le aplicaría una reducción del 50% si el inmueble no está en una zona tensionada, lo que implicaría tributar sobre 3900 euros, una cantidad superior a la establecida bajo la fórmula del alquiler a familiares.
¿Qué dice la normativa del IRPF sobre el alquiler a familiares?
El IRPF establece que, cuando el arrendatario es un pariente de hasta tercer grado, el rendimiento total no podrá ser inferior al 2% del valor catastral del inmueble si no ha sido revisado, o al 1,1% si sí lo ha sido.
Esta disposición busca evitar que los propietarios declaren ingresos ficticios o muy bajos para eludir impuestos, pero al mismo tiempo, brinda una oportunidad de optimización fiscal a quienes buscan ayudar a familiares con una vivienda.