¡Cuidado!

Murió la Ley de Alquileres: la cláusula oculta que usan los propietarios para cobrarle dinero extra a los inquilinos

Se han detectado muchos casos como estos y son cobros por fuera del contrato que la Ley de Vivienda avala. Cuáles son

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Desde la nueva Ley de Alquileres, el universo de arrendatarios y arrendadores  está bajo la lupa de todos. Y últimamente se ha detectado que hay una cláusula oculta que usan los propietarios para cobrarle dinero extra a los inquilinos.

Ante la preocupación por estos cobros adicionales al alquiler y que no están detallados en el contrato, inquilinos y autoridades han levantado la voz de alerta.

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Ley de alquileres: cuál es la cláusula secreta por la que los propietarios cobran dinero extra 

Toda esta situación de cobrar dinero extra se da por las "excepciones" a la regla. Es que la Ley de Vivienda en España, que rige desde mayo de 2023, establece un límite del 3% para la actualización anual de la renta, pero hay excepciones...

Hay casos específicos que avala la ley para que el propietario cobre dinero extra al alquiler (Foto: Archivo)

De eso se toman algunos propietarios para exigir dinero extra a los inquilinos ya que la misma norma contempla excepciones.

La ley detalla que "la cláusula de actualización anual de la renta del contrato podrá incrementarse por un máximo del 10% sobre la última renta de contrato de arrendamiento de vivienda habitual que hubiese estado vigente en los últimos cinco años" en algunos casos específicos.

En qué casos la Ley de Alquileres permite cobrar dinero extra por fuera del contrato

Estos casos específicos de los que habla la ley incluyen:

Mejoras de eficiencia energética: la ley permite un aumento de hasta el 10% cuando en los dos años anteriores del nuevo contrato, el arrendador haya realizado mejoras en la de ahorro de energía primaria no renovable del 30%, con certificados de eficiencia energética.

Pago por rehabilitación: cuando la propiedad haya sido sometida a una "actuación de rehabilitación" según marca el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esa rehabilitación debe haber concluido en los dos años previos a la firma del nuevo contrato de alquiler.

Leer siempre detenidamente el contrato y asesorarse con un experto antes de firmar (Foto: Archivo)

Ampliación del contrato: el inquilino podría tener que pagar recargos cuando el contrato de arrendamiento se quiera firmar por un periodo de diez años o más. 

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Como se recomienda siempre a los inquilinos o futuros inquilinos: revisar detalladamente el contrato y tener siempre al lado un experto legal en temas inmobiliarios.

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