Murió la Ley de Alquileres: estos son los desperfectos y gastos que el propietario puede descontar de la fianza de alquiler al inquilino
Ese depósito en dinero que el arrendatario paga al firmar el contrato debe ser devuelto al dejar la casa, pero hay gastos que el arrendador puede cobrarse. Cuáles son.
La devolución de la fianza de un alquiler suele ser un tema de conflicto entre arrendador y arrendatario, y seguramente lo siga siendo con la nueva Ley de Alquileres. Pero es peor si no se sabe cuáles son los desperfectos y gastos que el propietario puede descontar de la misma al inquilino.
La fianza es un depósito de dinero que el arrendatario realiza al alquilar la vivienda a modo de garantía de que cumplirá con todos los puntos del contrato. Pero el tema de los desperfectos y las reparaciones siempre presenta grises...
Ley de Alquileres: qué desperfectos y gastos puede descontar de la fianza el propietario
El propietario puede descontar de la fianza del alquiler gastos relacionados con estos temas:
- Faltas de pago del alquiler
- Desperfectos,
- Daños en muebles o electrodomésticos que excedan el desgaste natural por el uso, o por haber recibido la vivienda sucia.
Pero, tal como marcan las normas vigentes, esas deducciones deben tener la correspondiente justificación y ajustarse a lo que dice el contrato de alquiler y la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Qué pasa si inquilino y propietario no se ponen de acuerdo con la devolución
La LAU establece que la fianza es obligatoria en los contratos de alquiler y debe ser, en el caso de una vivienda, del mismo valor de un mes de renta. En tanto, para locales comerciales, esta garantía, fianza o depósito es de dos meses de renta.
Si al momento de dejar la vivienda o el local el propietario decide descontar dinero por desperfectos, deudas o falta de higiene, pero el inquilino no está de acuerdo, tiene derecho a reclamar. Si no se llega a un acuerdo entre ambos, incluso se puede llegar a los tribunales.