La advertencia de Hacienda a los mayores de 65 que tienen una casa en propiedad y no cumplen con este requisito
Los mayores de 65 que pongan en venta su vivienda habitual, deberán tributar por sus propiedades y cumplir con esta normativa. ¿De qué se trata?
Se suele pensar que las personas mayores de 65 años están exentas de pagar impuestos al vender su vivienda, pero esto no es del todo cierto. Según la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), estas transacciones también están sujetas a tributación, incluso para los propietarios que superan esa edad.
De hecho, todas las propiedades, incluidas las segundas residencias, están sujetas a una imputación de renta inmobiliaria.
Esta imputación se calcula aplicando un porcentaje que varía entre el 1,1% y el 2% sobre el valor catastral en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Asimismo, no declarar viviendas vacías puede conllevar una multa.
Un beneficio fiscal sólo para la vivienda habitual
Las personas mayores de 65 años tienen un beneficio fiscal específico: están exentas de declarar la ganancia obtenida por la venta de su vivienda habitual, sin importar la forma de venta. Esto incluye casos de nuda propiedad, donde pueden vender la propiedad pero seguir habitándola de por vida.
Es importante destacar que esta exención en el pago de impuestos solo aplica a la vivienda habitual, no a segundas residencias. De igual manera, esta ventaja tampoco se aplica si la casa está dividida entre el nudo propietario y el usufructuario, por ejemplo, en casos en los que un hijo hereda el domicilio de sus progenitores cuando todavía reside en él uno de ellos.
¿En qué casos podría un propietario estar exento de pagar impuestos?
Un caso particular es la "exención por reinversión en una renta vitalicia" que permite a los mayores de 65 años no pagar impuestos. Las rentas vitalicias son contratos de seguro de vida en los que la aseguradora paga al asegurado de por vida, utilizando el dinero obtenido de la venta de su vivienda.
Para beneficiarse de una renta vitalicia se debe cumplir con una serie de requisitos, tales como:
- Constituirse en un plazo inferior desde la venta de la casa;
- El importe de las rentas no podrá decrecer más de un 5% respecto al año anterior;
- Solo podrá haber un beneficiario tras el fallecimiento del asegurado;
- El porcentaje a recibir por los herederos no podrá exceder al marcado por ley.
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Además, el límite de la exención es de 240.000 euros, por lo que cualquier cifra por encima de esta tendrá que tributar en el IRPF.