Seguridad Social

El Gobierno confirmó una pensión mensual para todos los mayores de 52 años que cumplan con este requisito

Este beneficio tiene el objetivo de ayudar a los ciudadanos a reincorporarse en el mercado laboral.

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En España, una parte de la población mayor de 52 años recibe un subsidio económico por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta ayuda se percibe hasta encontrar empleo o llegar a la edad de jubilación y tiene el objetivo de apoyar a quienes, por su edad, enfrentan mayores dificultades para reincorporarse en el mercado laboral.

El subsidio para mayores de 52 años es una herramienta valiosa para quienes se encuentran en situación de desempleo y próximos a la edad de jubilación, ya que les permite cotizar para su pensión, algo que muchos españoles tienen en cuenta a la hora de calcular sus ahorros.

Anteriormente, los beneficiarios necesitaban haber agotado la prestación contributiva por desempleo y tener 55 años o más para poder acceder al subsidio. Actualmente, la primera actualización es la modificación de la edad necesaria. Los beneficiarios pueden tener 52 años, pero deben cumplir con una serie de requisitos específicos y tramitar el beneficio frente al SEPE.

Así podrás cobrar la pensión del SEPE para mayores de 52 años. (Fuente: archivo)

¿Cómo cobrar la pensión para mayores de 52 años?

Con las modificaciones se eliminó la exigencia de permanecer inscrito como demandante de empleo durante un mes después de haber agotado la presentación contributiva. Sin embargo, los ciudadanos pueden beneficiarse a partir de los 52 años si cumplen con alguna de estas situaciones:

  • Haber agotado el 1 de noviembre de 2024 o posteriormente una prestación contributiva de desempleo. La fecha del hecho causante, en este caso, será del agotamiento de la prestación contributiva, y no será necesario haber permanecido inscrito como demandante de empleo por un mes.
  • Acreditar situación legal de desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024 o posteriormente, con una cotización mínima de 90 días.

A su vez, las personas que hayan agotado otros subsidios, como la Renta Activa de Inserción o la prestación por cese de actividad, no tendrán derecho a acceder al subsidio para mayores de 52 años.

Existen otros requisitos adicionales y más generales que los ciudadanos españoles deberán tener en cuenta antes de considerar esta pensión por desempleo. Estas exigencias son:

  • El solicitante debe encontrarse en situación de desempleo total o, en su defecto, en un trabajo a tiempo parcial.
  • Debe haber suscrito a un acuerdo de actividad
  • En el momento del agotamiento de la prestación o cuando inicia la situación de desempleo, debe cumplir todos los requisitos necesarios para tener derecho a acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación, excepto la edad.
  • El solicitante debe haber cotizado al menos seis años a lo largo de su vida laboral en el sistema de Seguridad Social en España por la contingencia de desempleo.

Por último, si el solicitante reunía todos los requisitos, excepto la edad al momento de que se agotara la prestación contributiva, podrá solicitar el subsidio cuando cumpla los 52 años. Pero debe cumplir a la vez los requisitos de carencia de rentas y haber permanecido inscripto como demandante de empleo.

El paso a paso para solicitar la pensión para mayores de 52 años del SEPE. (Fuente: archivo)

¿Cómo solicitar la pensión para mayores de 52 años?

Según explican desde el SEPE, la solicitud se puede presentar en el plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante. En este caso, el derecho nacerá a partir del día siguiente al del hecho causante. Si se solicita fuera del plazo indicado, el derecho al subsidio nacerá el día de la presentación de la solicitud.

Los ciudadanos podrán presentar la solicitud a través de cualquiera de los siguientes medios:

  • Sede electrónica del SEPE.
  • Oficina de prestaciones con una cita previa tramitada por teléfono o a través del sitio web.
  • En cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

También es importante entender que quienes reciban la ayuda de la Renta Activa de Inserción, la prestación por cese de actividad o los perceptores del subsidio extraordinario de desempleo, no podrán recibir esta pensión. Sin embargo, sí podrán hacerlo los beneficiarios del bono por emigrante retornado, víctima de violencia de género, violencia sexual o violencia ejercida por padres o hijos.

El importe de este subsidio asciende al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente. El monto total del IPREM para 2025 está fijado en 600 euros mensuales, con lo cual la pensión para mayores de 52 años será de 480 euros al mes.

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