Cómo dar de alta a una empleada del hogar en 2023 y evitar multas de hasta 6250 euros
Las personas que presten servicios en casas particulares deben ser registradas por sus empleadores en el Régimen General de la seguridad Social. A continuación, te contamos todo lo que tienes que saber para hacerlo.
Las personas que prestan servicios de limpieza y cuidados en casas particulares deben ser dadas de alta en el régimen de la Seguridad Social. En este sentido, la responsabilidad de tramitarla y de ingresar las cuotas corresponderá siempre al empleador.
Los profesionales del trabajo doméstico que desempeñan tareas en casa de terceros a cambio de un salario tienen derecho a ser dados de alta, cualquiera sea el número de horas de trabajo al día o a la semana. Asi mismo, si se presta servicios en varias casas, cada empleador debe tramitar un alta de forma independiente.
Además, tal y como dispone el Real Decreto 306/2007, publicado en el Boletín Oficial del Estado, el incumplimiento de esta obligación será sancionado con una multa que va desde los 626 hasta los 6250 euros.
¿Cuánto es el salario mínimo de una empleada de casas particulares?
El Ministerio de Trabajo y Economía Social establece que el salario en España "será el acordado por el empleador y el empleado". No obstante, este debe fijarse dentro del marco del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Así, según datos del ministerio, el salario mínimo de una empleada doméstica está fijado en los 1260 euros brutos mensuales por jornada completa de 40 horas y 630,40 euros brutos por media jornada, sin incluir el pago de horas extras u otros adicionales.
En esta línea, los empleadores deberán pagar a los trabajadores del hogar una cuantía de "8,45 euros brutos por hora efectivamente trabajada".
Cómo dar de alta a una empleada del hogar en 2023: plazos y requisitos
Como se menciona más arriba, la obligación de tramitar el alta y de ingresar las cuotas corresponderá siempre al empleador.
De este modo, tal y como lo establece el sitio oficial de la Seguridad Social, los documentos que serán requeridos para hacer el trámite son:
- Datos del empleador y del trabajador (DNI o NIE y Número de la Seguridad Social)
- Datos sobre la jornada y salario
- Otros datos necesarios para aplicar beneficios en la cuota como por ejemplo la condición de familia numerosa
- Un número de cuenta para domiciliar los pagos (IBAN)
- El permiso de trabajo para trabajadores extracomunitarios
En cuanto a los plazos, los empleadores pueden solicitar el alta 60 días previos al inicio de la actividad y como máximo hasta ese mismo día.
En el caso en que la persona empleada ya se encuentre trabajando, el alta puede tramitarse durante los 30 días posteriores a la fecha de inicio de actividad a través de este servicio. Sin embargo, "se considerará que el alta ha sido comunicada fuera de plazo", subrayan.