Pensiones

Atención jubilados: la Seguridad Social anuncia tres cambios importantes en la jubilación que entrarán en vigor en abril de 2025

A partir de abril, entrarán en vigor diferentes medidas que afectan a la jubilación de los ciudadanos en España. ¿Cuáles son?

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La Seguridad Social ha anunciado que aplicará tres cambios importantes en la jubilación a partir del 1 de abril de 2025. Se trata de una nueva reforma que tendrá efectos en tres modalidades diferentes con el objetivo de mejorar la compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo.

Desde el Gobierno de España explican que la reforma está dirigida "para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, la regulación de un nuevo procedimiento de acceso a la pensión de las actividades con elevada peligrosidad y para el mayor aprovechamiento de los recursos de las mutuas con el fin de recuperar la salud de las personas trabajadoras".

A partir de abril, entrarán en vigor diferentes medidas que afectan a la jubilación de los ciudadanos en España. ¿Cuáles son? (Imagen: archivo)

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Tres cambios en la jubilación en abril

Desde el 1 de abril de 2025, entrarán en vigor diferentes medidas aprobadas por la Seguridad Social que afectarán a las siguientes modalidades de jubilación en España:

  • Jubilación parcial.
  • Jubilación activa.
  • Jubilación demorada.

De acuerdo con el Gobierno de España, estas iniciativas buscan brindar mayores beneficios a los trabajadores en su acceso a la jubilación.

Para empezar, destaca la jubilación parcial, que incluye cambios tanto en la modalidad con contrato de relevo como en la que no lo requiere. A continuación, los puntos más relevantes:

  • El acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo se podrá producir hasta tres años antes de cumplir la edad de jubilación ordinaria correspondiente.
  • Aquellas personas que anticipen más de dos años el acceso a la jubilación, podrán reducir su jornada de jubilación parcial durante el primer año entre un 20% y un 33%.
  • Los trabajadores fijos discontinuos podrán ser trabajadores relevistas en la modalidad de jubilación parcial.
  • La contratación del trabajador relevista deberá ser indefinida y a tiempo completo. Además, tendrá que mantenerse como mínimo durante dos años después de la extinción de la jubilación parcial del otro trabajador.

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Atención jubilados: la Seguridad Social anuncia tres cambios importantes en la jubilación que entrarán en vigor en abril de 2025. (Imagen: archivo)

Medidas de la jubilación activa y la jubilación demorada

En cuanto a la modalidad de jubilación activa, estas son las medidas más interesantes que entrarán en vigor a partir del 1 de abril de 2025 en España:

  • Desaparece el actual requisito de tener que contar con la carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa.
  • La situación de jubilación activa, con sus correspondientes beneficios, será compatible con los incentivos de la jubilación demorada.
  • A partir de los cinco años de jubilación activa, será posible compatibilizar el 100% de la pensión con la realización de una actividad laboral. Este porcentaje de compatibilidad aumenta de manera progresiva desde el primer año.

Así, con un año de demora en la jubilación activa, se podrá compatibilizar un máximo del 45% de la pensión; un 55% con dos años de demora; un 65% con tres años; un 80% con cuatro años de demora; y un 100% a partir de los cinco años de demora. Esta situación será compatible con los incentivos de la jubilación demorada.

Asimismo, se implementarán nuevas medidas para la jubilación demorada. A partir del segundo año de retraso, bastará con haber cotizado seis meses para acceder a los incentivos económicos. En otras palabras, ya no será obligatorio completar un año entero de cotización para beneficiarse de las ventajas que ofrece la Seguridad Social.

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