Alerta jubilados: Hacienda informa que no todos van a recibir la devolución del IRPF, ¿por qué motivo?
El Tribunal Supremo ha determinado que no todos los mutualistas, jubilados entre 1967 y 1978, pueden reclamar los 4000 euros que pagaron de más en el IRPF.
El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los jubilados de la banca que contribuyeron a las mutualidades entre 1967 y 1978, por lo que ,según la sentencia, Hacienda debe reembolsar hasta 4000 euros a quienes pagaron impuestos en exceso.
No obstante, no todos los jubilados pueden pedir la devolución, sino quienes cumplen con los requisitos para recibirla.
Para ello, Hacienda introdujo un formulario en el que los jubilados mutualistas pueden solicitar el reembolso de los pagos excesivos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- La Agencia Tributaria tomó medidas para agilizar los trámites de los mutualistas tras la sentencia 255/2023 del Tribunal Supremo, que determinó que aquellos jubilados mutualistas que cotizaron a la Mutualidad Laboral de Banca entre 1967 y 1978 estuvieron pagando de más en sus declaraciones de impuestos sobre la renta debido a sus pensiones de jubilación.
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Esta decisión del Tribunal Supremo invalidó la posición de Hacienda respecto a los mutualistas bancarios y abrió la posibilidad de extender esta interpretación a otras mutualidades. En resumen, muchos mutualistas jubilados ahora pueden reclamar a Hacienda la devolución de cantidades indebidamente cobradas en el IRPF.
¿Qué pensiones y mutualistas no pueden reclamar?
La decisión del Tribunal Supremo establece que los mutualistas tributaron por el total de sus pensiones, cuando en realidad deberían haber tributado sólo por el 75%, ya que no se aplicó una reducción que sí se aplicaba a las cotizaciones a la Seguridad Social.
Como consecuencia, aquellos afectados pueden ahora reclamar el 25% que pagaron en exceso debido a la falta de aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley de IRPF.
Sin embargo, no todos los mutualistas pueden reclamar ni la sentencia afecta a todas las pensiones. ¿A quiénes afecta?
Las pensiones que se quedan fuera están en la disposición transitoria segunda de la Ley de IRPF, la cual no alcanza a las pensiones de las clases pasivas del Estado, que son las que cobran los funcionarios y trabajadores del Estado que hayan escogido cotizar en ese régimen y no a través de una mutualidad.
Tampoco se aplica a las pensiones por aportaciones a mutualidades de trabajo, donde no se aplica la disposición transitoria porque ya se pudieron deducir en su día, ni a las mutualidades de los autónomos.
Las pensiones de viudedad y las pensiones no contributivas también quedan fuera.
¿Cuánto se puede reclamar?
Los mutualistas sólo pueden reclamar sobre los últimos cuatro ejercicios fiscales, que son los únicos que todavía no han prescrito. Es decir, por la renta de 2022, 2021, 2020 y 2019. Esto hace que la cantidad a reclamar ascienda a cerca de los 4000 euros en la mayoría de los casos.
La cantidad a devolver será el 25% de la pensión por el que se pagaron impuestos y que provengan de sus aportaciones a la mutua.
¿Cómo reclamar la devolución del IRPF?
Para reclamar la devolución, hay que rellenar el formulario de Hacienda para que esta incluya los datos y después realizar una rectificación de la autoliquidación a Hacienda a través de Renta Web.