Adiós a la inquiokupación: la OCU revela qué pueden hacer los propietarios para hacerle frente a los inquilinos que no pagan la renta
La OCU advierte sobre el auge de la inquiokupación y ofrece soluciones para que los propietarios puedan protegerse ante inquilinos morosos.
La preocupación por la seguridad de los propietarios ha aumentado en los últimos años. A la problemática de la okupación ilegal se suma un nuevo fenómeno que está generando alarma entre los arrendadores: la inquiokupación.
Se trata de inquilinos que, tras firmar un contrato de alquiler de manera legal, dejan de pagar la renta, pero continúan ocupando la vivienda sin ser desalojados debido a su situación de vulnerabilidad económica. Desde la OCU advierten sobre la inquiokupación y las medidas para evitarla.
OCU: cómo pueden los propietarios actuar ante la inquiokupación
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha identificado los pasos legales que los propietarios pueden seguir para recuperar su vivienda en caso de inquiokupación.
A continuación, se detallan las acciones recomendadas:
Reclamación extrajudicial: el primer paso es intentar resolver el conflicto de manera amistosa, notificando al inquilino la deuda y ofreciéndole la posibilidad de ponerse al día con los pagos.
Envió de un burofax: si el inquilino sigue sin pagar, es recomendable enviar un burofax con acuse de recibo, dejando constancia de la reclamación de la renta y del requerimiento para abandonar la vivienda.
Demanda de desahucio: en caso de que el inquilino continúe sin pagar, el propietario debe presentar una demanda de desahucio por impago ante el juzgado correspondiente.
Juicio de desahucio: una vez presentada la demanda, el juez determinará la fecha de juicio y, si procede, el lanzamiento del inquilino.
Lanzamiento judicial: si el inquilino no abandona voluntariamente la vivienda tras la sentencia, se procederá al desalojo mediante la intervención de las fuerzas de seguridad.
Alquileres: la importancia de la prevención para evitar conflictos
Evitar la inquiokupación es posible si los propietarios toman medidas preventivas antes de formalizar un contrato de alquiler. La selección del inquilino es clave, por lo que es recomendable verificar su historial de pagos y su estabilidad económica.
La OCU sugiere solicitar documentación que acredite la solvencia del arrendatario, como nóminas y contratos laborales, y consultar bases de datos de morosidad para asegurarse de que no existan antecedentes de impago.
El contrato de arrendamiento debe estar bien redactado, incluyendo cláusulas que contemplen los posibles impagos y las consecuencias legales en caso de incumplimiento. Además, se aconseja exigir garantías adicionales, como un aval bancario o la firma de un fiador que pueda responder en caso de que el inquilino deje de pagar.