Las aerolíneas deberán pagar una multa por no ofrecer uno de sus servicios de manera gratuita: de cuánto es
El Ministerio de Consumo ha incoado los primeros expedientes sancionadores a varias aerolíneas por no contar con un teléfono de atención gratuita, lo que supone un incumplimiento de las obligaciones legales.
El Ministerio de Consumo ha iniciado procedimientos de sanción contra diversas aerolíneas debido a la ausencia de un número de atención telefónica gratuito, o en caso de estar presente, a la dificultad para acceder al mismo. Estas situaciones constituyen un incumplimiento de las obligaciones legales relacionadas con la prestación de servicios de atención al cliente.
Según informa Consumo, que no precisa de qué aerolíneas se trata, estas irregularidades podrían ser multadas por ser infracciones leves o graves con multas de entre 150 y 10.000 euros, en el caso de las primeras, y entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves.
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En el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones podrían alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones leves, y entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las graves.
La normativa es clara al respecto e indica que el teléfono tiene que ser accesible a todos los consumidores y que tiene que tener carácter gratuito (los números geográficos o de tarificación especial, por ejemplo, no son válidos).
Los teléfonos gratuitos son los que comienzan por los prefijos 800 ó 900, denominados "servicios de cobro revertido automáticos".
¿Qué establece la normativa?
El transporte aéreo, al tener la consideración de servicio básico de interés general, obliga a que las empresas prestadoras tengan que disponer de un teléfono de atención al consumidor gratuito.
Esta norma entró en vigor tras la modificación realizada esta legislatura de la Ley General de para la Defensa de Consumidores y Usuarios, con el objetivo de dar protección a las personas consumidoras vulnerables.
FACUA-Consumidores en Acción ha emitido un comunicado en el que señala que las últimas compañías aéreas denunciadas por la asociación han sido Blue Air, Binter, Canary Fly, Iberia, Wizzair, Volotea, Air Europa, Condor, Iberojet, Easyjet, Finnair, Iceland Air, SAS, Transavia, Wamos Air y EgyptAir, aunque no precisa si se trata de las mismas que ha denunciado Consumo.
La asociación lamenta además en el comunicado que, "pese a ser la denunciante, el Ministerio de Consumo no le ha facilitado información sobre sus actuaciones ante estas prácticas".
El pasado 3 de agosto, Consumo informó ya que había abierto un expediente sancionador a varias aerolíneas por el cobro del equipaje de mano que fue denunciado por FACUA-Consumidores en Acción, entre ellas compañías como Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea, según cito la organización de consumidores.
Fuente: EFE