Jubilación y pensión por viudedad: cuáles son los requisitos para cobrar ambas prestaciones en 2024
Esta es la ultima información para solicitar la pensión de viudedad mientras se cobra la pensión por jubilación.
Las pensiones que ofrece la Seguridad Social suelen ser incompatibles entre sí. Sin embargo, existen excepciones que permiten el abono de dos pensiones contributivas mientras que se cumplan con ciertos requisitos, como es el caso de la pensión de viudedad y de jubilación.
La pensión de viudedad está destinada a los cónyuges o miembros de parejas de hecho supervivientes, y su objetivo es ayudar a cubrir los ingresos de la persona fallecida ante la nueva vida en soledad.
Pero la pensión de jubilación equivale a la retribución de los aportes durante el periodo como trabajador activo previo a decidir jubilarse "La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a que el mismo tuviera derecho", explican desde la Seguridad Social (SS).
¿Cuándo se causa una pensión de viudedad?
Para acceder a la pensión de viudez, el fallecido ha debido de cumplir una serie de requisitos:
- Si era cónyuge del fallecido y existen hijos comunes o no.
- Si el matrimonio se hubiera celebrado al menos un año antes del fallecimiento.
- Separados, divorciados y personas cuyo matrimonio fue declarado nulo
- Pareja de hecho en el momento del fallecimiento.
- Que el solicitante no haya contraído matrimonio nuevamente y que acredite el periodo de contratación, que variará según la situación laboral de la persona fallecida y de la causa que determina la muerte:
- En alta o asimilación de alta: 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
- En no alta: 15 años.
- Pensionistas no exigen período de cotización.
- Si el fallecimiento se produce como consecuencia de accidente o enfermedad profesional.
- En caso de que al momento de fallecimiento ya no estuviera de alta, debería tener un período mínimo de cotización de 15 años.
¿Cuáles son los requisitos para percibir la jubilación?
- Tener 65 años o más.
- En caso de percibir rentas o ingresos anuales inferiores a 5.899,60 euros.
- Residir en España, y haberlo hecho durante al menos 10 años.
Las pensiones contributivas tienen una cuantía mayor:
- Tener al menos 66 años y dos meses de edad, salvo excepciones, o 65 años si has cotizado 37 años y 6 meses o más.
- Cumplir con el periodo mínimo de cotización es de 15 años habiendo cotizado 2 años de ese total en los últimos 15 años inmediatamente anteriores al momento de jubilación.
¿Qué cantidades se pueden cobrar?
Para poder percibir conjuntamente la pensión de jubilación y viudedad hay que acreditar que se cumple con los requisitos y la cuantía final dependerá de los aportes de la pensión de jubilación según las bases de cotización del trabajador.
Jubilaciones con 65 años o más
- Pensionistas con cónyuge a cargo: 1032,85 euros mensuales dando como resultado 14.460 euros anuales.
- Pensionistas sin cónyuge: 837,07 euros mensuales que al finalizar el año serán 11.719 euros anuales.
- Pensionistas con cónyuge no a cargo: 794,5 euros mensuales que en las 14 pagas serán 11.123 euros anuales.
Jubilaciones con menos de 65 años
- Pensionistas con cónyuge a cargo: 968,35 euros mensuales que en 14 pagas serían 13.557 euros.
- Pensionistas sin cónyuge: 783,07 euros mensuales que al finalizar el año dejarían 10.963 euros.
- Pensionistas con cónyuge no a cargo: 811,64 euros mensuales por pagá hasta llegar a los 11.363 euros anuales.
Pensiones de viudedad
- Equivale a 14.470 euros anuales, lo que vendrían siendo unas 14 pagas de 1.033 euros por paga.