Nacionalidad española exprés: este es el listado de personas que puede acceder al beneficio sin rendir el examen obligatorio
Algunos solicitantes pueden obtener la nacionalidad sin necesidad de realizar los exámenes obligatorios.
Obtener la nacionalidad española es clave para quienes que buscan establecerse en el país. Este proceso implica cumplir una serie de requisitos, entre los que se incluyen acreditar años de residencia legal, demostrar integración en la sociedad y superar una serie de exámenes.
Para la mayoría de los solicitantes, es obligatorio aprobar dos exámenes: el Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), que certifica un nivel mínimo de idioma, y la Prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE), que evalúa el conocimiento sobre el país.
Sin embargo, no todos están obligados a realizarlos. Existen excepciones y dispensas que permiten a ciertos grupos obtener la nacionalidad sin necesidad de tener que realizar estos exámenes.
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Quiénes están exentos de realizar las pruebas obligatorias
Menores y personas con capacidad modificada judicialmente
La normativa vigente establece que están exentos de ambas pruebas los menores de 18 años y las personas con la capacidad modificada judicialmente. Esta exención es automática y no requiere una solicitud adicional; basta con acreditar la condición correspondiente en el expediente de nacionalidad.
Personas con dificultades de aprendizaje o analfabetismo
Aquellos solicitantes que no saben leer ni escribir o presentan dificultades de aprendizaje documentadas pueden solicitar la dispensa de las pruebas CCSE y/o DELE.
Estas circunstancias deben acreditarse ante el Ministerio de Justicia, que evaluará cada caso de manera individual. Es importante destacar que esta dispensa no es automática y requiere una solicitud formal previa a la iniciación del trámite de nacionalidad.
Titulados en el sistema educativo español
Los extranjeros que hayan cursado y superado en España la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Formación Profesional Básica, Bachillerato, Formación Profesional de grado medio o superior, licenciaturas, diplomaturas, grados universitarios o doctorados están exentos de realizar las pruebas CCSE y DELE.
En estos casos, no es necesario solicitar formalmente la dispensa; basta con adjuntar al expediente de nacionalidad los documentos académicos correspondientes, que serán verificados durante el proceso.
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Cómo se puede tramitar estas excepciones
Para aquellos que requieren solicitar la dispensa, como las personas con dificultades de aprendizaje o analfabetismo, es esencial presentar la solicitud antes de iniciar el trámite de nacionalidad.
La falta de esta dispensa previa puede resultar en el archivo de la solicitud de nacionalidad. La documentación que acredite la causa de la dispensa debe ser completa y estar debidamente respaldada para su evaluación por parte del Ministerio de Justicia.
Aunque la realización de las pruebas DELE y CCSE es un requisito general para la obtención de la nacionalidad española por residencia, existen exenciones y dispensas destinadas a garantizar la equidad en el proceso.
Es fundamental que los solicitantes conozcan estas excepciones y, de ser aplicables, gestionen adecuadamente la documentación necesaria para acogerse a ellas. Una correcta preparación y presentación de los documentos pertinentes puede facilitar y agilizar el proceso de adquisición de la nacionalidad.