Tráfico

Alerta conductores: la DGT deberá devolverte los puntos del carné si cumples con una condición

Debido a una sentencia del tribunal contencioso administrativo número 2 de Burgos, la Dirección General de Tráfico (DGT) podría tener que devolverte puntos del carné. En qué casos sucedería esto.

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Las multas que impone la Dirección General de Tráfico (DGT) son una forma de imponer el código de conducta y evitar que sucedan accidentes vehiculares en la vía pública. Muchas de estas infracciones, además de la pena monetaria, pueden llevar consigo una quita de puntos en el carné de conducir, lo cual, de repetirse varias veces, puede generar que el conductor se vea impedido de estar tras un volante.

Estas sanciones deben ser notificadas correctamente por el organismo de control de tráfico. De lo contrario, es posible apelar a la multa y evitar el pago de la misma. El puntaje solía ser una cuestión aparte; en caso de una apelación de la multa, por más que no se deba abonar el valor monetario, el carné no recuperaría la puntuación perdida.

Esto ha cambiado recientemente, debido a un caso judicial que ahora es considerado jurisprudencia.

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En febrero, el tribunal contencioso administrativo número 2 de Burgos emitió una resolución sobre un recurso presentado por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

En dicha sentencia, se obligó a la DGT a reintegrar el permiso de conducir y los puntos retirados injustamente a un camionero, a quien el Tribunal económico administrativo regional de Castilla y León le había anulado previamente la parte económica de las sanciones debido a que no fueron notificadas correctamente. 

Desde AEA declararon que "hasta el momento, la DGT se había negado a devolver los puntos indebidamente sustraídos a los conductores por multas mal tramitadas y anuladas por Hacienda".

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, señaló en una entrevista con El Economista que "sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica que, para dos órganos del Estado, unos hechos existieran y a la vez no existieran". Añade que "la pérdida de puntos está vinculada a la multa, y no puede ser que Hacienda anule la parte económica de la sanción debido a que no se ha notificado adecuadamente la multa, y, no obstante, Tráfico siga aplicando la detracción de puntos".

Si una multa no se notifica correctamente, la DGT deberá devolver los puntos retirados del carné de conducir. (Fuente: Shutterstock)

El origen del recurso

El camionero multado presentó reclamaciones ante Hacienda en relación con unas sanciones impuestas por Tráfico, de las cuales el conductor afectado no había tenido conocimiento previo debido a una incorrecta notificación.

Estas multas incluían penalización económica y pérdida de puntos, pero la DGT se negó en todo momento a restituirlos e incluso comenzó un procedimiento para retirar la validez del permiso de conducir del camionero.

Las notificaciones postales se enviaron a una dirección distinta a la proporcionada por el conductor, por lo que las notificaciones de las multas realizadas por el organismo de tráfico a través de boletines oficiales no eran válidas. Dado que la DGT se negó a devolver los puntos retirados por estas multas, se llevó a Tráfico ante los tribunales.

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Mario Arnaldo declaró a El Economista que "esta sentencia representa un importante precedente jurídico. Desmantela el argumento que la DGT ha utilizado durante más de una década para no devolver los puntos de multas mal tramitadas y considerar que un mismo hecho, como es que una multa no esté bien notificada, exista para Hacienda, y por ese motivo se anule la parte económica de la sanción, pero no exista para Tráfico y la detracción de puntos quede registrada".

Por lo tanto, a raíz de esta sentencia, si una multa no está correctamente notificada, no sólo debe anularse la parte económica, sino también los puntos descontados.

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