Adiós carnet de conducir: la DGT no permite renovarlo si tienes alguna de estas enfermedades
Además, la Dirección General de Tráfico (DGT) solicita a los españoles pasar por un examen médico y psicotécnico cada cierto tiempo.
Para estar habilitado para subirse al coche y conducir sin problemas es fundamental estar en plenas facultades físicas y mentales, por la seguridad propia y de los demás. Por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT) solicita a los españoles pasar por un examen médico y psicotécnico cada cierto tiempo.
Pero además para esta autoridad hay ciertas enfermedades con las que las personas no pueden conducir y por ese motivo no les otorgará ni renovará la licencia.
La dirección ha elaborado, por ese motivo, un listado para advertir cuáles son las consecuencias de conducir con ciertas patologías, que pueden llegar a provocar accidentes.
Por qué la DGT no otorga la licencia en estos casos
La DGT, dependiente del Ministerio de Interior, asegura que para que una persona pueda poner al volante requiere determinadas capacidades "perceptivas, cognitivas y motoras" mínimas.
Por eso, entre las enfermedades incompatibles con la conducción, según la dirección, se encuentran las vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas.
Las enfermedades por las que la DGT no te dará la licencia de conducir
Conducir un coche con alguna de las enfermedades que determina la DGT, aumenta considerablemente el riesgo de sufrir un accidente en la carretera. Por ello no permite a los conductores que las padezcan obtener o renovar el carnet, a no ser que dispongan de un informe médico favorable.
El listado que elaboró el organismo incluye las siguientes:
- Enfermedades cardiacas: arritmias, infarto de miocardio, portadores de prótesis valvulares, marcapasos, o desfibriladores automáticos.
- Enfermedades crónicas y degenerativas: Alzheimer, esclerosis lateral amiotrófica, temblor esencial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, distrofia muscular, osteoporosis, Parkinson, artritis reumatoide.
- Enfermedades endocrinas: hipotiroidismo y paratiroides, diabetes.
- Enfermedades oncológicas: trastornos oncohemáticos, dolencias oncológicas.
- Enfermedades psiquiátricas: como demencia y trastorno de ansiedad, trastorno de la personalidad, depresión, trastorno del sueño, trastorno obsesivo-compulsivo (TOC), trastorno del desarrollo intelectual, TDH, dependencia del alcohol y drogas.
- Enfermedades vasculares: disección, aneurisma de grandes vasos.
- Enfermedades neurológicas: crisis o pérdida de conciencia, epilepsia, accidente isquémico transitorio.
- Enfermedades digestivas: trasplante renal, nefropatía con diálisis.
- Enfermedades respiratorias: apnea del sueño, disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve.
Nueva normativa de la DGT: habrá cambios en la carretera desde ahora
A través de la última edición de su revista oficial, la DGT ha confirmado que habrá nuevas reglas relacionadas al adelantamiento de autos en carreteras, autovías y autopistas.
Si bien aún no se han oficializado las medidas, Ana Blanco, subdirectora de circulación de la DGT, ha brindado a la prensa algunos detalles en lo que respecta a los adelantamientos de los vehículos durante condiciones climáticas complicadas.
Se está analizando la prohibición de adelantarse bajo condiciones meteorológicas adversas. Esta iniciativa de Tráfico busca evitar graves problemas cuando el clima y la visibilidad son precarios. De acuerdo con el organismo, los accidentes tienden a incrementarse con el mal tiempo, lo que ha llevado a proponer esta normativa específica.
"Cuando hay mal tiempo en las carreteras es previsible que se bloqueen todos los carriles, de forma que el recorrido de las máquinas quitanieves en sus labores de limpieza de la vía puede quedar interrumpido", indicó Blanco.