Ley penal tributaria: el monto "ridículo" que se busca actualizar en la reforma
Los tributaristas sostienen que la propuesta del Gobierno debería incluir un ajuste de los montos de la Ley Penal Tributaria. Desde cuándo no se actualiza, por cuánto debería ser el ajuste y lo que sucedió en los últimos años con el fisco.
El nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) trajo recomendaciones sobre qué debería incluir la reforma tributaria, pero los tributaristas destacan que es necesario actualizar una ley que no tuvo modificaciones desde la gestión de Mauricio Macri y hoy se rige con un monto "ridículo".
Luego de haberla prometido e incumplido en 2024, durante la cadena nacional por el primer año de gestión, el presidente Javier Milei aseguró que los equipos técnicos se encontraban trabajando en una "reforma tributaria estructural" que elimine el 90% de los impuestos y les devuelva las potestades a las provincias.
Y el Staff Report, luego de afirmar que Argentina necesita de forma urgentemente una reforma sustancial del sistema tributario, el organismo internacional dio sugerencias de los puntos que se deberían tener en consideración.
Pero los tributaristas consultados por El Cronista sostienen que la reforma tributaria que elabore el Gobierno, sobre la que aún se desconoce el autor y los tiempos de presentación en el Congreso, debería incluir una actualización de la Ley Penal Tributaria.
"La última actualización fue en 2017 con la Ley 27.430, la reforma tributaria de Mauricio Macri y el monto objetivo de punibilidad para la evasión simple paso a hacer más de un $ 1.500.000 por cada tributo y ejercicio anual", sostuvo el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez.
Siendo un parámetro que, en su postura, quedó desactualizado en 2025 y que lleva a que cualquier monto evadido pueda encuadrar en el régimen penal tributario como evasión simple mientras que para la agravada la cifra asciende a $ 15 millones.
"Después si no se pagan por cada mes más de $ 200 mil de aportes o contribuciones o ambos conjuntamente también hay evasión simple de los recursos de la seguridad social. Y se eleva si es más $ 1 millón por mes a agravada", marcó.
Como también, destacó, que, si se retiene impuesto a las Ganancias a un proveedor, no se deposita y supera los 30 días corridos, si supera los $ 100 mil hay una apropiación indebida de tributos que también está penado con prisión.
"Si uno actualizará por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre diciembre de 2017 a marzo 2025, el valor de $ 1,5 millón pasaría a $ 100 millones aproximadamente, lo que es más razonable para que haya una persecución penal", señaló Domínguez.
En ese punto el socio de Expansion, Diego Fraga destacó que el diputado Ricardo López Murphy presentó en la mesa de entrada Cámara de Diputados un proyecto para la actualización. Y que es de suma urgencia ya que con los montos vigentes se pone en marcha toda una maquinaria estatal tanto en el fisco como en los juzgados penales tributarios que sobrecarga de expedientes las dependencias además del problema penal que le genera a las empresas.
El costo burocrático
Pese a ello, la socia fundadora de LFS, Florencia Fernández Sabella, marcó que no todos los contribuyentes que pagan impuestos por debajo de lo que corresponde terminan en una denuncia penal porque armas se debe demostrar la actitud de evasión.
"Aunque en la práctica la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) suele denunciar cualquier situación de no pago de impuesto que -aunque mínimamente- puede presumir como evasión", sostuvo. Lo que implica un costo procesal y burocrático para los contribuyentes de tramitar expedientes por importes que no son relevantes.
En el último año, según sostuvo Domínguez, con la moratoria y el Régimen de Regularización de Activos que se aprobó en la Ley 27.743, en muchas causas por las cuales existieron denuncias penales terminaron eximiéndose.
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jangaderodani Skowron
Con todo respeto por argentina, pero sin ningun respeto por los funcionarios y politicos de todos los gobiernos, nacional provincial y municipal del presente y el pasado; podemos empezar aplicar la penal tributaria plena investigacion de todos esos personajes que nombre, y despues molestar a la poblacion civil comun !!!!! APORTANTE QUE MANTIENE CON SU SUDOR A LA CLASE FUNCIONARIATA Y POLITICA.