Ganancias y Bienes Personales AFIP: extienden un plazo clave para los contribuyentes
El organismo tomó cambió la fecha tope de presentación de DDJJ a pedido de los profesionales del rubro. También estableció un nuevo pago especial a cuenta: los detalles.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este lunes la extensión del plazo para que los contribuyentes a los impuestos a los Bienes Personales, Ganancias y Cedular presenten sus declaraciones juradas y paguen los gravámenes correspondientes al período fiscal 2023.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5548/2024, que dispuso también el ingreso especial de un nuevo pago a cuenta con vencimiento en agosto.
Según marca la norma en sus considerandos, esta nueva extensión se aplica porque "diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas han planteado la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las declaraciones juradas".
Así, AFIP hizo lugar a dichos reclamos "con el fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias": las nuevas fechas en las que se considerará en término la presentación de las declaraciones juradas.
AFIP: el nuevo plazo para presentar las Declaraciones Juradas
Este lunes, AFIP definió que los contribuyentes al Impuesto a los Bienes Personales, el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto Cedular podrán presentar la declaración jurada e ingresar el saldo resultante de los gravámenes en las siguientes fechas:
CUIT | PRESENTACIÓN | PAGO | ||
0,1, 2 y 3 | miércoles 18 de septiembre | jueves 19 de septiembre | ||
4, 5 y 6 | jueves 19 de septiembre | viernes 20 de septiembre | ||
7, 8 y 9 | viernes 20 de septiembre | lunes 23 de septiembre |
Así, las DD.JJ. presentadas en estas fechas "serán consideradas en término" para el período fiscal 2023, marca AFIP.
Bienes Personales y Ganancias AFIP: los detalles del nuevo pago especial a cuenta
Por otro lado, la entidad a cargo de Florencia Misrahi estableció un "ingreso especial de un importe a cuenta" de Ganancias y Bienes Personales.
Este aplica a "aquellos contribuyentes y/o responsables que opten por realizar la presentación de las declaraciones juradas y, de corresponder, el pago de los gravámenes mencionados, correspondientes al período fiscal 2023" en las fechas dispuestas anteriormente.
Este ingreso especial "se determinará aplicando el 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023", informa la resolución. Su calendario de vencimientos será el siguiente:
TERMINACIÓN CUIT | PAGO | |
0,1, 2 y 3 | lunes 26 de agosto | |
4, 5 y 6 | martes 27 de agosto | |
7, 8 y 9 | miércoles 28 de agosto |
En contraste, cabe señalar que los contribuyentes que presenten sus DD.JJ. en agosto, tal como se dispuso previamente, y no en septiembre, no estarán obligados al "ingreso especial de un importe a cuenta".
Además, estos individuos "podrán realizar la presentación del plan de facilidades de pago establecido para los impuestos anuales siempre u cuando haya presentado sus declaraciones juradas y realizado el pago hasta las siguientes fechas de vencimiento:
CUIT | PAGO | |
0,1, 2 y 3 | lunes 26 de agosto | |
4, 5 y 6 | martes 27 de agosto | |
7, 8 y 9 | miércoles 28 de agosto |
Además, AFIP aclara que quienes quieran adherir al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) para pagar por adelantado cinco años del gravamen "podrán realizar la manifestación de la opción de adhesión y el pago inicial" hasta estas fechas.
Compartí tus comentarios