Legislación

Comercio y Empleadas domésticas: con aumento, ¿cómo se paga el sábado 25?

La jornada que dará paso al segundo y último feriado nacional de mayo habilitará una instancia de liquidación particular para quienes presten servicios.

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Los trabajadores mercantiles de la rama general al igual que las empleadas domésticas que presten servicios el sábado 25 de mayo percibirán un monto doble sobre la base actualizada con aumento en su próxima liquidación.

Las sumas se encontrarán enmarcadas como "Horas suplementarias", tal como lo estipula el artículo 166/ 167 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) Nro. 20.744.

"En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo. En caso de que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual", amplía el texto normativo incluido en el capítulo "De los Feriados Obligatorios y Días no Laborables".

¿Cómo se pagará el feriado de mayo trabajado para los Empleados de Comercio y de casas particulares?

La liquidación del feriado del sábado 25 para los trabajadores mercantiles y de casas particulares que presten servicios tomará como base de cálculo los montos actualizados en mayo, según el acuerdo paritario celebrado para cada rubro. 

De esta forma, la jornada para ambos será equivalente al doble de las sumas habituales (ya sea por hora y día).

¿Cuánto cobrará un Empleado de Comercio que trabaje el sábado 25 de mayo?


Para calcular el monto a cobrar en concepto de feriado trabajo correspondiente a la prestación de servicios del sábado 25 de mayo, los Empleados de Comercio deberán tomar como base el valor de la hora vigente, según la categoría:

Categoría Hora extra al 100% (unidad)
Administrativo A 4.830,59
Administrativo B 4.851,38
Administrativo C 4.872,14
Administrativo D 4.934,46
Administrativo E 4.986,40
Administrativo F 5.062,57
Auxiliar especializado A 4.889,46
Auxiliar especializado B 4.951,78
Cajeros A 4.847,90
Cajeros B 4.872,14
Cajeros C 4.903,31
Maestranza A 4.778,67
Maestranza B 4.792,50
Maestranza C 4.840,97
Personal auxiliar A 4.847,90
Personal auxiliar B 4.882,52
Personal auxiliar C 4.996,78
Vendedores A 4.847,90
Vendedores B 4.951,79
Vendedores C 4.986,40
Vendedores D 5.062,57

¿Cuánto cobrará una Empleada doméstica que trabaje el sábado 25 de mayo?


Mismo escenario se dará en la liquidación para las trabajadoras de casas particulares que presten servicios el sábado 25 de mayo: deberán tomar como base el valor de la hora vigente, según la categoría.

Categoría Con retiro (por hora) Sin retiro (por hora)
Supervisor/a 2800,6 3067,83
Personal para tareas específicas 2651,54 2906,9
Caseros                                              2504,86
Asistencia y cuidados de personas 2504,86 2800,6
Personal para tareas generales 2321,95 2504,86
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