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Colpensiones: esto pasará si no escoge un fondo de pensión en 2025

El sistema de pensiones está experimentando cambios importantes. ¿Cómo podría afectarte?

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En Colombia, el sistema de pensiones está experimentando cambios importantes que afectarán a los trabajadores que deban escoger su fondo de pensión. Estos cambios entrarán en vigor en julio de 2025 y tendrán un impacto significativo en las decisiones de ahorro y retiro para miles de colombianos.

La reforma pensional aprobada recientemente por el Congreso establece un plazo hasta el 16 de enero de 2025 para que algunas personas elijan su fondo de pensión, y si no lo hacen, enfrentarán consecuencias inesperadas.

Colombia: ¿Quiénes deben escoger fondo de pensión?

Según la nueva normativa, aquellos trabajadores que ganen más de 2,3 salarios mínimos (es decir, más de $3 millones) deberán escoger un fondo de pensión privado para administrar el excedente de su salario.

Esto significa que las personas en este rango de ingresos no podrán optar por Colpensiones, el fondo público, para manejar el exceso de su aporte. En cambio, deberán elegir entre fondos privados para maximizar el crecimiento de sus ahorros.

¿Qué pasa si no se escoge fondo de pensión?

La elección del fondo de pensión es una decisión crucial bajo esta nueva ley. Si después del 16 de enero de 2025 un trabajador no ha elegido un fondo de pensión, la asignación será aleatoria, es decir, el trabajador será asignado a un fondo privado sin su intervención.

Esto se realizará a través de un mecanismo establecido por el Gobierno Nacional, lo que significa que perderán el control directo sobre la entidad encargada de administrar su pensión.

Esta medida busca eliminar la competencia entre el sistema público (Colpensiones) y los fondos privados, garantizando que todos los trabajadores con ingresos superiores a los 2,3 salarios mínimos escojan activamente el fondo que mejor se adapte a sus necesidades.

En este sentido, el Gobierno insta a los fondos privados a ofrecer información clara sobre los mecanismos de ahorro y los beneficios de sus productos, para que los cotizantes tomen decisiones informadas.

¿Qué entidades pueden ser fondos de pensión en Colombia?

La reforma también establece qué entidades podrán actuar como administradoras de los fondos de pensión. Entre las entidades habilitadas se encuentran:

  • Sociedades administradoras de fondos de pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.
  • Sociedades fiduciarias.
  • Compañías de seguros de vida.
  • Sociedades comisionistas de bolsa.
  • Colpensiones o cualquier entidad que actúe como su reemplazo.
  • Entidades sin ánimo de lucro autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

¿Cuáles son las consecuencias de no escoger fondo de pensión?

El nuevo sistema introduce un elemento de urgencia y responsabilidad en el proceso de elección.

Si no se escoge un fondo de pensión antes del 16 de enero de 2025, el trabajador podría perder la oportunidad de elegir un fondo que se ajuste a sus expectativas de rentabilidad y crecimiento, lo que afectaría directamente la calidad de su pensión en el futuro.

Por eso, se recomienda que los trabajadores informados tomen decisiones proactivas, comparen las ofertas de los fondos y hagan la elección que mejor resguarde su bienestar financiero a largo plazo.

El nuevo sistema de pensiones que entrará en vigor en julio de 2025 en Colombia representa un cambio significativo para los trabajadores, especialmente aquellos que ganan más de 2,3 salarios mínimos.

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